La iniciativa para redeterminar precios en futuras licitaciones para la construcción de viviendas, que llegó con media sanción del Senado, prevé que a un metro cuadrado le correspondan 1000 unidades UVI, las cuales se ajustarán mes a mes de acuerdo a las variaciones del índice de la construcción para el Gran Buenos Aires (ICC) que informa el Indec.
BUENOS AIRES (NA).- La Cámara de Diputados aprobó y convirtió en ley el proyecto para establecer que la cotización de contratos de obra pública para la construcción de casas esté atada al valor actualizado en pesos de las Unidades de Vivienda (UVI).
Con 145 votos afirmativos, 26 negativos y 12 abstenciones, el oficialismo logró el número suficiente gracias a votos que aportaron bloques de la oposición como el Frente para la Victoria- PJ, mientras que el Frente de Izquierda y el Frente Renovador se opusieron.
El diputado Eduardo Amadeo (PRO) destacó que este instrumento genera «certidumbre» y «previsibilidad».
Recalcó «la importancia que esto tiene tanto para el gobierno nacional como para las provincias y los municipios», que según predijo «van a invertir más dinero en este tema de tanta trascendencia social».
«La UVI es una herramienta de previsibilidad. Va a beneficiar también a los empresarios que van a generar mayor oferta de proyectos porque saben cuánto van a terminar cobrando finalmente», concluyó.
Pablo López expuso el rechazo del Frente de Izquierda a la iniciativa al considerar que se trata de «un negocio a favor de los empresarios» que no va a «resolver el problema de la vivienda popular para los trabajadores.
Graciela Camaño defendió la negativa de su bloque a acompañar el proyecto, al sostener que los contratistas de obra pública que están «del otro lado del mostrador» todavía tienen que «rendir cuentas ante la Justicia» y no merecen este beneficio.
El proyecto establece que se tome por referencia «el valor de la UVI de la fecha que se indique en los pliegos de bases y condiciones».
En el artículo 2 de la normativa señala que «los avances de obra se certificarán tomando como referencia el valor de la UVI correspondiente al último día del mes a certificar, siempre que hubiese alcanzado como mínimo el noventa por ciento del avance de obra proyectado y aprobado».
«Caso contrario, se tomará el valor de cotización de la UVI del último día del mes certificado, cuyo avance de obra se hubiese cumplimentado en las condiciones exigidas en el párrafo precedente», indica el texto.
En caso de incumplimiento del plazo para la finalización de la obra, se le reconocerá al contratista «el valor de cotización de de la UVI del último certificado emitido dentro del plazo original del contrato», estipula el artículo 3.