El individuo está identificado con las iniciales FFA y llegó a juicio por un hecho que sucedió en 2016, cuando la víctima tenía 40 años de edad. Como consecuencia de la violación la mujer quedó embarazada y concibió una niña. El Tribunal de Juicio ordenó que quede detenido por existir “riesgo procesal”.
RÍO GRANDE.- Un hombre identificado con las iniciales FFA fue condenado a la pena de 8 años de prisión al ser considerado autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal”, ordenándose además que siga detenido por haber “riesgo procesal”.
El acusado fue llevado a juicio por sucesos ocurridos entre junio y julio del año 2016, cuando abusó de una mujer que en ese entonces tenía 40 años y quien sufre de retraso madurativo. Como consecuencia de la violación a la que fue sometida, la víctima concibió una niña.
FFA era pareja de la madre de la víctima. Valiéndose de esa situación se estima que entre los meses de junio y julio del año 2016, en el interior del domicilio particular en el que convivían, la sometió a manoseos y tocamientos en sus partes íntimas y la terminó violando.
El proceso de juicio se realizó en forma reservada, por tratarse de un delito sobre la integridad sexual. Durante el desarrollo de las audiencias la fiscalía estuvo a cargo del doctor Guillermo Quadrini, fiscal Mayor, quien en sus alegatos había solicitado que el imputado sea condenado a la pena de 13 años de prisión.
El representante del Ministerio Público consideró agravante el hecho que la víctima no podía consentir libremente la acción debido al retraso madurativo que presenta: Una discapacidad de un 66% y un retraso mental moderado y deterioro del comportamiento de grado no especificado, contando con una edad mental de entre 6 y 9 años; según informes de los peritos.
En el veredicto, el Tribunal de Juicio en lo Criminal, constituido por los jueces Eduardo López, Ernesto Borrone y Juan José Varela; resolvieron hacer lugar al pedido de la Fiscalía de que FFA sea detenido, al quedar acreditado la falta de arraigo y el riesgo procesal, luego de obrar como antecedentes el incumplimiento de la prohibición de acercamiento durante el proceso de instrucción.
Con la decisión adoptada, los Jueces no atendieron el pedido del defensor oficial, Alejandro Naccarato, quien asistió al imputado y había planteado que, en caso de ser condenado, FFA quede en libertad hasta tanto la misma quede firme, entendiendo que “siempre se mantuvo a derecho en el proceso”.
Estrategia defensista
Cabe indicar que en los alegatos conocidos este martes el doctor Alejandro Rafael Naccarato solicitó al Tribunal de Juicio que lo absuelva al argumentar que no hay prueba directa de que la relación sexual no haya sido consentida y, subsidiariamente, que el imputado desconocía que la mujer no pudiera prestar consentimiento para el acto, lo cual se traduce en un error que excluye la responsabilidad penal.
El argumento de la defensa no fue considerado por los Jueces quienes finalmente encontraron al acusado responsable del delito de violación.