Así lo decretó la gobernadora Rosana Bertone, en una medida que busca incentivar se disminuyan los casos de ausentismo en el Estado. Existen causales para no acceder al beneficio. La licencia se deberá usufructuar entre el 4 de junio y el 28 de octubre de éste año.
USHUAIA.- La gobernadora Rosana Bertone decretó que aquellos agentes de la administración pública central que durante seis meses cuentan con un buen presentismo, gozarán de 14 días corridos de licencia invernal, la que deberá ser usufructuada entre el 4 de junio y el 28 de octubre de éste año.
El decreto indica que para acceder al beneficio los agentes deberán contar con un mínimo de seis meses de prestación ininterrumpida y efectiva de servicios a la fecha de comienzo del usufructo de la Licencia Especial de Invierno.
La medida se otorga como premio a aquellos agentes que tengan buena conducta en presentismo, porque no se otorgará en las siguientes causas:
-Los agentes que hayan utilizado una fracción o la totalidad de las denominadas Licencias Especiales.
-Quienes hayan tenido una o más faltas sin aviso, injustificadas, sanciones disciplinarias (apercibimiento y/o suspensión) y adherido a días de paro.
-Aquellos agentes que hayan usufructuado, de manera acumulativa, veinte o más días en concepto de afecciones o lesiones de corto tratamiento, enfermedad en horas de labor, atención de hijos menores y atención del grupo familiar.
-Los agentes que hayan usado permisos gremiales sin justificar.
-Cualquier otro supuesto sujeto a descuento de haberes en los seis meses inmediatos anteriores.
No docentes y salud
Respecto al Personal No Docente que preste servicios en establecimientos educativos de la Provincia, contarán con una licencia de un máximo de catorce días corridos con goce de haberes, la que deberá ser usufructuada dentro del lapso comprendido en el Receso Escolar Invernal 2018.
En cuanto al personal dependiente del Ministerio de Salud, cualquiera sea su modalidad de trabajo, gozarán de un máximo de catorce días corridos de licencia con goce de haberes, que deberá ser usufructuada entre el día 4 de junio y el 28 de octubre.
Otras consideraciones
La licencia dará inicio indefectiblemente un día lunes, “no pudiendo fraccionarse, interrumpirse o suspenderse por ningún motivo; y su otorgamiento se adecuará a las necesidades operativas de cada sector” señala el decreto.
Además, se aclara que “el agente que no haga uso de la licencia prevista dentro de los lapsos indicados, perderá automáticamente el derecho al beneficio y no generará compensación económica en ningún supuesto”.