USHUAIA.- La Legislatura realizará una sesión especial el próximo viernes, antes del receso de invierno, para tratar la adhesión al nuevo marco de Responsabilidad Fiscal establecido por el Gobierno nacional, el cual implica una nueva forma de elaboración del presupuesto de la Provincia, con proyecciones plurianuales.
Uno de los puntos importantes en el asunto a tratar es que con la adhesión a la ley 27.428 los gobiernos provinciales se “comprometen a no emitir títulos sustitutos de la moneda nacional de curso legal en todo el territorio del país”.
La convocatoria a sesión especial de la Legislatura la hizo Andrea Freites (FPV-PJ), en su carácter de presidente a cargo del Poder Legislativo, ante la ausencia de otras autoridades parlamentarias que viajaron a Estados Unidos para participar del Comité de Descolonización de la ONU, que sesionó el jueves de la semana pasada.
La sesión especial, la tercera del año, se da a instancias de la solicitud de los legisladores Marcela Gómez, Angelina Carrasco, Ricardo Romano y Ricardo Furlan (FPV – PJ) y Oscar Rubinos (UCR – Cambiemos).
Nuevas reglas para el presupuesto
En el mensaje 9/18, el Poder Ejecutivo impulsa la adhesión a la ley nacional 27.428, modificatoria del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, en cuyo artículo 34 de la ley se invita a las Provincias a adherir a las disposiciones allí establecidas, debiendo cada jurisdicción adherente comunicar al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal el respecto instrumento de adhesión.
En los fundamentos, la gobernadora Rosana Bertone indica que el proyecto a consideración propone mantener los preceptos esenciales marcados por ley nacional 25.917 y su modificatoria, tanto en el ámbito de la técnica y elaboración y ejecución del presupuesto, como en el de coordinación a través del Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal, ello atento a que la sostenibilidad es una condición necesaria para las políticas públicas saludables, dado que los efectos de los desequilibrios fiscales inciden en el planeamiento y ejecución de las mismas.
La adhesión se realiza con reserva a lo dispuesto en el artículo 21 de la ley 25.917, modificados por ley 27.428 en razón de lo establecido en el artículo 70 de la Constitución Provincial, en referencia al nivel de endeudamiento al que está autorizado el Estado Provincial.
El mencionado artículo señala que “los Gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomarán las medidas necesarias para que el nivel de endeudamiento de sus jurisdicciones sea tal que en ningún ejercicio fiscal los servicios de la deuda instrumentada superen 15% de los recursos corrientes netos de transferencias por coparticipación a municipios”.
De sancionarse la ley, se invita a los Municipios de la Provincia a adherir a la presente ley a través de ordenanzas sancionadas por sus Concejos Deliberantes, en consonancia con lo dispuesto en artículo 33 de ley de Responsabilidad Fiscal.
Sujeto a la inflación
La nueva ley a la que busca adherir a Tierra del Fuego indica que la “tasa nominal de incremento del gasto público corriente primario neto de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no podrá superar la tasa de aumento del Indice de Precios al Consumidor de cobertura nacional”.
Además, indica que respecto de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el gasto público corriente primario neto será entendido como los egresos corrientes primarios excluidos:
-Los gastos financiados con préstamos de organismos internacionales;
-Las transferencias por coparticipación a Municipios y Comunas;
-Los gastos corrientes financiados con aportes no automáticos transferidos por el Gobierno nacional a las jurisdicciones que tengan asignación a una erogación específica;
-Los gastos corrientes destinados al cumplimiento de políticas públicas nacionales, que sean definidas como políticas de Estado por futuras leyes nacionales.