Cristina, De Vido y Jaime, sobornos

La causa es un desprendimiento de la investigación central por los cuadernos de Centeno, en la que la expresidenta está procesada como jefa de una asociación ilícita.

Por supuestos sobornos recibidos en el otorgamiento de subsidios a los trenes.

BUENOS AIRES (NA).- La Cámara Federal confirmó el procesamiento con prisión preventiva de la expresidenta Cristina Kirchner, del exministro de Planificación Federal Julio De Vido y de los exsecretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, por supuestos sobornos recibidos en el otorgamiento de subsidios a los trenes.
Así lo decidió la Sala I del tribunal, al ratificar el procesamiento de los exfuncionarios dictados en primera instancia por el juez federal Claudio Bonadio, en el marco de una de las causas que se abrieron a partir de la denuncia de Oscar Centeno, exchofer del ex funcionario Roberto Baratta.
En su fallo, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi confirmaron el procesamiento de los empresarios Aldo Roggio y Gabriel Romero, quienes declararon como arrepentidos ante Bonadio y reconocieron el pago de sobornos.
No obstante, los jueces revocaron el procesamiento de los empresarios Claudio Cirigliano, Sergio Taseli y Julio José Forastieri.
«Los sucesos que aquí se recrean aparecen enmarcados en el contexto reconstruido en la causa 9.608/18, donde se logró acreditar el circuito de recaudación ilegal instaurado desde el seno de la Administración Pública Nacional (PEN) entre 2003 y 2015, el cual receptaba el dinero que las diversas empresas entregaban para asegurarse la asignación de contrataciones públicas y otros beneficios que dependían de la voluntad administrativa», sostuvo la Cámara.
En ese sentido, el Tribunal evaluó que «Aldo Benito Roggio fue quien a través de sus manifestaciones como arrepentido permitió extender el horizonte de la investigación al rubro antes mencionado».
«Encargado de la explotación del servicio de subterráneos y del ferrocarril Urquiza desde 1994, fue él quien recordó el pago que de forma mensual -y en el rango del 5% de los subsidios obtenidos- efectuaba a Ricardo Jaime -Secretario de Transporte- a fin de conservar la concesión», expresó el Tribunal.
«Los dichos de Benjamín Gabriel Romero -también en el marco de la Ley 27.304- resultaron coincidentes con lo declarado por su consorte de causa, al reconocer la entrega de ese mismo porcentaje con el propósito de mantener la explotación de la línea de ferrocarril Belgrano Norte, asignada a su empresa Ferrovías. Pero, además, incluyó un nuevo rubro dentro de esas mismas prácticas: el de las vías navegables», agregó la Cámara.
Pero sobre Cirigliano, Taselli y Forastieri se dictó la falta de mérito en la causa por falta de pruebas.