Recaudarán millones por quienes no votaron

Vencido el plazo para hacerlo, hay más de 27 mil electores que no justificaron su voto por las elecciones provinciales de junio. Cada uno de ellos debe abonar 500 pesos de multa, con lo que se recaudará la friolera suma de 28 millones 902 mil 500 pesos.

USHUAIA.- Una recaudación de 28 millones 902 mil 500 pesos se obtendrán de aquellos electores que deberán abonar una multa de 500 pesos, porque no justificaron la no emisión de voto de las elecciones de junio pasado. Así se desprende del informe que difundió ayer la Justicia Electoral de la Provincia.
El informe señala que del total de 136.562 personas habilitadas para sufragar en la Provincia de Tierra del Fuego, 30.169 electores no se presentaron a emitir su voto en junio cuando se eligieron autoridades para los estamentos de gobernador, intendentes, legisladores y concejales.
Abierto el periodo para realizar el trámite de justificación de la no emisión del voto, tan sólo 2.364 lo justificaron. La “distancia” fue el motivo más frecuente, alcanzando 2.030 personas, seguido de “otros” con 190, “enfermedad” con 73 y 71 que “pagaron la multa” (no tenían razón para justificar el no voto).
Vencido el plazo para justificar la no emisión del voto, se pudo establecer que existen 27.805 infractores a la Ley Electoral en Tierra del Fuego, por lo tanto deberán pagar los 500 pesos de multa.

Proceso para pagar
El periodo para justificar la no emisión del voto finalizó el 8 de septiembre, por lo que quienes quieran regularizar su situación deberán abonar la multa prevista en la Ley Electoral 201, en su artículo 117, accediendo al link: https://infractores.justierradelfuego.gov.ar; desde donde podrán imprimir la boleta de pago haciendo click en el botón “Pago de Multa”.
Una vez abonada en el Banco de Tierra del Fuego, deberán remitir el comprobante a la casilla de correo justificacionvoto@justierradelfuego.gov.ar para su procesamiento.
Aquél infractor que no pague la multa correspondiente no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante organismos de los Estados provincial o municipal; por el plazo de un año, contado a partir del 8 de septiembre.