La reparación será una prestación inembargable equiparada al monto total de la escala que percibe una categoría 10 del escalafón seco de la administración pública.
USHUAIA.- La Comisión de Economía de la Legislatura se reunió el miércoles, para abordar el proyecto presentado por legisladores de la bancada del Movimiento Popular Fueguino, referido al Régimen de Reparación Económica que estará destinado a garantizar el bienestar integral de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes hijos de madres víctimas de femicidio.
El autor del proyecto, Pablo Villegas (MPF), afirmó que se trata de una intervención institucional a favor de las víctimas y recordó que en 2020 el bloque del MPF reingresó la misma iniciativa que ya había presentado en 2018.
Villegas dijo que ayer, los legisladores de las diferentes bancadas sumaron aportes que “pondremos a consideración y la idea es optimizar el texto”. En tanto, agregó que existe una voluntad política manifiesta de favorecer a las víctimas que atraviesan situaciones de extrema vulnerabilidad.
Por otra parte, el legislador advirtió que buscará evitar que el escenario sea el mismo que se observa a nivel nacional, donde a pesar de la presencia de una norma, “como lo es la Ley Brisa, 27.452, en los hechos no se cumple”, cuestionó.
En qué consiste el beneficio
La reparación será una prestación inembargable equiparada al monto total de la escala que percibe una categoría 10 del escalafón seco de la administración pública (alrededor de 16.000 pesos), que será abonada en forma mensual y por cada hijo.
El beneficio se otorgará a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes que se encuentren en las siguientes condiciones:
-Su padre haya sido condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de femicidio contra su madre y se le haya privado del ejercicio de la responsabilidad parental.
-La acción penal seguida contra su padre, en la causa donde se investigue el femicidio de su madre, se haya declarado extinguida por muerte de aquél.
Sobre los beneficiarios, el proyecto indica que deben reunir los siguientes requisitos: Ser hija o hijo de la madre fallecida. Ser menor de 18 años o persona con discapacidad, sin límite de edad. Tener su domicilio real y permanente en la provincia al momento del femicidio.
La reparación es compatible con la Asignación Universal por Hijo; pensiones de las que las niñas, niños, adolescentes y jóvenes sean beneficiarios, alimentos que perciban por parte de alguno de sus padres y otro familiar, o cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios.
El beneficio podrá ser percibido por el tutor, curador, guardador o adoptante designado como tal con la finalidad de proveer el bienestar integral del beneficiario. Por ningún motivo este beneficio podrá ser percibido por el progenitor u otra persona que haya sido procesada o condenada como autora, coautora, instigadora o cómplice del delito de femicidio.
En principio el beneficio se extingue a los 18 años de quien resulte beneficiado, pero se podrá extender hasta los 24 años en el caso que acredite que cursa estudios terciarios o universitarios, presentado para ello el certificado correspondiente, como alumno regular.
Además del cobro de la reparación, el beneficiario podrá acceder a la cobertura integral de salud, a cargo de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF).