Rodrigo Ángel Flores Talquenca fue condenado a la pena de 6 años de prisión por homicidio culposo agravado en la causa por el incidente vial que le costó la vida a sus amigos Iara Talía Babi y Rodrigo Sebastián Barzola Paredes. La misma fue unificada con una anterior de 4 años y 2 meses por tenencia de drogas, por lo que deberá estar en la cárcel durante 9 años. Se le aplicó, además, una inhabilitación especial de 10 años para conducir vehículos.
USHUAIA.- Por haber ocasionado la muerte de Iara Talía Babi y Rodrigo Sebastián Barzola Paredes el Tribunal de Juicio en lo Criminal de ésta ciudad condenó a Rodrigo Ángel Flores Talquenca a la pena de 6 años de prisión, aplicando la pena máxima por el delito de homicidio culposo agravado.
En la resolución los jueces Maximiliano García Arpón, Alejandro Zavalía y Rodolfo Bembihy Videla declararon al acusado reincidente por primera vez, sumando con ello la condena de 4 años y 2 meses que le había aplicado el Tribunal Oral Federal por el delito de infracción a la ley 23.737 de estupefacientes. De esta forma, los Magistrados resolvieron unificar la pena en 9 años de prisión y establecer que el tiempo que estuvo en libertad condicional no se tenga en cuenta a la hora de computar el plazo en que se cumplirá la sentencia.
Los jueces no hicieron lugar al planteo que formuló la parte querellante, respecto a calificar al delito como homicidio simple por dolo eventual y se inclinaron por lo expuesto por el fiscal Fernando Ballestar Bidau, quien decidió no apartarse del delito por el cual requirió la elevación de la causa a juicio, es decir, el homicidio culposo agravado.
También se aplicó la accesoria de inhabilitación especial de 10 años para conducir cualquier tipo de vehículo. Los fundamentos íntegros de la sentencia se darán a conocer el 12 de agosto, a las 19:00, la cual será entregada a las partes. A partir de ese entonces alguna de las partes podrá recurrir la decisión de los Magistrados.
La decisión del Tribunal de Juicio provocó una airada protesta de los familiares de las víctimas, que debieron estar en el exterior del edificio de Tribunales siguiendo la instancia de los alegatos y de la sentencia durante varias horas, soportando las inclemencias del tiempo, en una decisión de los jueces que no tiene sentido.
Por una medida ejemplar
Los abogados querellantes Martín Muñoz y Florencia Arnst, representantes de la familia de las víctimas, solicitaron en sus alegatos que Rodrigo Ángel Flores Talquenca sea condenado a la pena de 12 años de prisión, por considerar que el hecho cometido configura el dolo eventual y por lo tanto se debe considerar un homicidio simple.
Los querellantes plantearon ante el Tribunal de Juicio que en esta causa “tenemos la oportunidad como operadores del derecho de colaborar con la justicia para que se obtenga una condena ejemplar”.
Los abogados Muñoz y Arnst plantearon como agravante que Flores Talquenca estaba bajo libertad condicional, tras una condena de 4 años y dos meses de prisión. Y que le habían acortado el tiempo de condena efectiva bajo reglas de conducta como ser la de no consumir bebidas alcohólicas ni estupefacientes.
Para los querellantes, Flores Talquenca “es una persona que desprecia las normas de convivencia, que desprecia la administración de justicia, que no se sabe comportar bajo las normas de una sociedad”.
Homicidio culposo
En tanto, en su alegato, el fiscal Fernando Ballester Bidau explicó que para que exista el dolo eventual, “el autor del hecho tiene que representarse que también él se va a matar. Hay que probar que hubo intención de matar y de matarse a sí mismo” y planteó que en el auto él iba con su novia y su mejor amigo (Iara Talía Babi y Rodrigo Sebastián Barzola Paredes), por lo tanto, consideró: “Me resulta difícil creer que él quería matar a dos de sus amigos más queridos”.
En su alegato, el Fiscal, además de considerar los agravantes por la conducta de conducir en estado de ebriedad y bajo los efectos de la marihuana; y de conducir incumpliendo las normas reglamentarias, sumó que producto de la muerte de Iara Talía Babi, “una niña de muy corta edad quedó huérfana y eso para mí es un agravante”.
Otro agravante que planteó el acusador fue el hecho que el conductor intentara huir de la escena del incidente vial, ya que cuando llegó la Policía los bomberos le indicaron que éste había salido corriendo hacia la Plaza Piedrabuena, en tanto que los efectivos que lograron darle alcance y lo pudieron detener, indicaron que les dijo que no quería ir a la cárcel porque tenía una hija a quien no quería dejar de ver. Además, le dijo a la Policía que él no manejaba el auto.
Por la pena mínima
El defensor Oficial, Gustavo Ariznabarreta, hizo su alegato, en el cual coincidió con la calificación efectuada sobre el hecho el fiscal Fernando Ballestar Bidau, esto es de homicidio culposo agravado, pero dijo no compartir que se aplique la pena máxima de 6 años de prisión, dejando a consideración de los Jueces el monto a aplicar, entendiendo que no debería ser de extrema gravedad ya que su defendido en todo momento se mostró arrepentido de lo sucedido y pidió disculpas a los familiares.
Ariznabarreta hizo un largo argumento de por qué entiende que no existe el dolo eventual en el accionar de Flores Talquenca, entre lo que dijo que el hecho de que tomó todas las medidas que estuvieron a su alance para tratar de evitar que el auto chocara contra el poste de alumbrado público es un elemento a tener en cuenta, al momento de evaluar su conducta.
“Mi asistido, de haber querido dar muerte a sus acompañantes y haberse matado él, hubiera dejado que el vehículo se fuera solo y nada de eso ocurrió. De todas maneras esto no lo exime de su responsabilidad penal”, expresó Ariznabarreta en su alegato, donde además expuso que, a su criterio, más grave que el consumo de drogas, lo es el de las bebidas alcohólicas, indicando que es uno de los factores que más ha causado muertes.