Ya no rige el decreto que suspende el cobro de la nueva dieta establecida para el Gobernador y el Vicegobernador. Desde marzo el salario se rige de acuerdo a seis veces lo que cobra un agente A3 del Tribunal de Cuentas de la provincia. De todas maneras, el mandatario suspendió el cobro de un 23% de la suma resultante, lo que no afecta a funcionarios del gabinete.
USHUAIA.- Mediante decreto 652/22, fechado el pasado 25 de marzo, el gobernador Gustavo Melella dejó sin efecto la suspensión de la percepción de su dieta, que fue decretado en diciembre de 2020 y desde ahora lo percibirá de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la Ley Provincial 1333, que se rige multiplicando por seis lo que cobra una categoría A3 del personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia (TCP).
De todas maneras, en la nueva herramienta legal, el mandatario estableció una suspensión parcial del 23% de su dieta y de un 21% para la dieta que cobra la vicegobernadora Mónica Urquiza, medida esta que no afecta a la escala salarial de ministros y secretarios.
Con la nueva medida, la dieta del gobernador Melella equivale a seis veces los $108.540,68 que cobra un agente A3 del TCP. Esto arroja una suma que ronda los $651.244. De todas maneras, decidió suspender el cobro del 23% de ese monto, es decir, algo más de 149 mil pesos.
El Gobernador delegó en el Ministerio de Finanzas Públicas la facultad de reglamentación, aclaración e interpretación de las disposiciones establecidas en la nueva modalidad de liquidación de salarios para gobernador, vicegobernador, ministros, secretarios y demás autoridades de gabinete.
Además se aclara que los nuevos haberes comienzan a regir a partir de marzo de este año.
Fundamentos del Decreto
En los fundamentos del Decreto 652/22; el gobernador Gustavo Melella recuerda que “las suspensiones en la percepción del haber normal, habitual, regular y permanente correspondiente al Gobernador de la Provincia, las autoridades superiores de Gobierno y el personal de Gabinete; fueron decididas como medidas de carácter extraordinario en procura de lograr una política salarial equilibrada, coordinada, armónica, razonable y equitativa dentro del sector público provincial”.
Más adelante fundamenta que “en atención a la experiencia acumulada, resulta oportuno mejorar la técnica empleada por la aplicación de estas medidas, a través del reordenamiento de la grilla de porcentajes de las retribuciones que perciben las autoridades superiores de Gobierno y su personal de Gabinete” y que la “aprobación de una nueva grilla de porcentajes de las retribuciones que perciben las autoridades superiores de Gobierno y su personal de Gabinete, permite continuar sosteniendo un esquema de salarios razonables para estas jerarquías en equilibrio con el conjunto de haberes percibidos por el resto de los agentes del sector público provincial, que coadyuve al mismo tiempo a simplificar el proceso liquidatorio de las remuneraciones que estos perciben, superando la necesidad de practicar suspensiones por vía de excepciones reglamentarias”.