Préstamos, Aportes No Reembolsables, Aportes de Capital, bonificación de tasas de interés; son algunas de las herramientas financieras que se utilizarán para el financiamiento de obras de infraestructura o de capital de trabajo de nuevos proyectos estratégicos.
USHUAIA.- “Por primera vez Tierra del Fuego va a tener un fondo para ampliar su matriz productiva y cumplir el viejo anhelo de tener una producción más heterogénea con herramientas concretas que trabajaremos de manera conjunta con los actores de la industria local y los representantes de la provincia”.
Así lo aseguró el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, al referirse a la puesta en marcha del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP – Fueguina), a través de la Resolución 275/22, para la expansión del entramado productivo local y mejoras de su competitividad.
Asimismo, a partir de la Resolución 228/22 de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, estableció las condiciones para que las empresas beneficiarias del subrégimen industrial que se extendió el año pasado hasta el 31 de diciembre de 2038, puedan adherirse a la prórroga hasta el 24 de abril inclusive y mantener los beneficios de la promoción.
El FAMP – Fueguina se destinará a la adquisición e instalación de bienes de capital, la fabricación de manufacturas, la provisión de servicios, el financiamiento de obras de infraestructura o de capital de trabajo de nuevos proyectos estratégicos. Con especial atención en proyectos de ciencia, tecnología y economía del conocimiento para el entramado productivo local en la provincia, y acciones de capacitación y de formación de recursos humanos. Y se otorgará a través de préstamos, aportes de capital, el otorgamiento de Aportes No Reembolsables (ANR).
Subrégimen industrial
Los Decretos N° 725/21 y N° 727/21, establecieron las condiciones para continuar promoviendo la industria fueguina e impulsar la ampliación de su matriz productiva.
La resolución N° 275/2022, que reglamenta el Decreto N° 725/2021, establece las normas de funcionamiento del FAMP – Fueguina. Esta herramienta es la que financiará las inversiones y políticas productivas que permitirán viabilizar nuevos sectores productivos en la provincia.
El FAMP – Fueguina estará financiado por un aporte de las empresas beneficiarias del subrégimen industrial, lo que implicará un mayor bienestar para todas las personas fueguinas, mediante la creación de puestos de trabajo en nuevos sectores.
La resolución detalla el proceso de selección de los proyectos a financiar, las obligaciones de los solicitantes, el funcionamiento del Comité Ejecutivo que lo administra, las distintas herramientas con las que cuenta el fondo, tales como: préstamos, Aportes No Reembolsables, Aportes de Capital, bonificación de tasas de interés. Con su sanción, se habilitan mecanismos transparentes y ágiles de selección y apoyo de proyectos productivos.
En tanto, la Resolución 228/2022 de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa publicada en el Boletín Oficial, que reglamenta el Decreto N° 727/2021, establece las condiciones bajo la cual los actores del subrégimen pueden adherirse a la prórroga y mantener los beneficios de la promoción. De esta manera, se habilita la presentación de dicha adhesión, estableciendo cuáles son los mecanismos para realizar el aporte al FAMP – Fueguina, así como la inversión directa en nuevas actividades.
Asimismo, la norma reglamentaria establece los mecanismos para presentar nuevos proyectos productivos vinculados a productos y componentes electrónicos, equipamiento y tecnología y se establecen los mecanismos para acceder a los beneficios impositivos adicionales para las exportaciones incrementales realizadas desde la isla, contribuyendo a aumentar la competitividad de su producción.