“Seguiremos buscando un salario de calidad para los compañeros y compañeras frente a un proceso inflacionario que no se detiene”, dijo el secretario adjunto de UPCN, Gustavo Suárez, luego de firmar el acuerdo con el secretario de Gobierno, Gastón Díaz.
RIO GRANDE.- El secretario adjunto de UPCN, Gustavo Suárez, firmó el acuerdo salarial para el segundo semestre para los trabajadores del Municipio local, indicando que “si bien consideramos que este acuerdo no es malo, seguiremos buscando un salario de calidad para los compañeros y compañeras frente a un proceso inflacionario que no se detiene y que nos obliga a seguir negociando con las patronales”.
Gustavo Suárez dijo que desde UPCN “no es que estemos festejando el acuerdo salarial, sino que intentamos estar de una forma y otra a la altura de lo que la realidad nos marca, con una constante pérdida del poder adquisitivo, ante una situación de la economía del país que nos afecta a todos”.
El dirigente de UPCN señaló que “seguiremos abogando por tener paritarias como corresponde y mientras no exista una inflación controlada, mantendremos todas las negociaciones para la recuperación salarial. Lo ideal sería cerrar una paritaria salarial anual, pero frente a la realidad que vivimos, eso no lo podemos hacer”.
Detalles del acuerdo
Gustavo Suárez dio a conocer los detalles del acta acuerdo que fue firmada con el secretario de Gobierno del Municipio de Río Grande, Dr. Gastón Díaz, donde además se fijó una cláusula para hacer una revisión de los sueldos antes que finalice el año.
Las partes acordaron adelantar a julio de 2022 la recomposición salarial que fija un incremento sobre la asignación de categoría de revista para el personal perteneciente al Ejecutivo Municipal, establecida para agosto, según acuerdo del pasado 5 de marzo.
Con esta medida, el sueldo devengado a julio quedará en los siguientes montos, al básico: Categoría 10 $71.407,98; Categoría 19 $71.776,28; Categoría 21 $72.144,54; Categoría 22 $73.249,40; Categoría 23 $73.617,66; Categoría 24 $74.090,70.
Al 1º de septiembre los sueldos devengados quedarán según siguientes montos, al básico: Categoría 10 $78.407,98; Categoría 19 $78.776,28; Categoría 21 $79.144,54; Categoría 22 $ 80.249,40 Categoría 23 $80.617,66; Categoría 24 $82.090,70.
Al 1º de octubre los sueldos devengados quedarán según siguientes montos, al básico: Categoría 10 $85.407,98; Categoría 19 $85.776,28; Categoría 21 $86.144,54; Categoría 22 $ 87.249,40; Categoría 23 $87.617,66; Categoría 24 $89.090,70.
Una vez aplicados los incrementos indicados para todo agente del Departamento Ejecutivo Municipal no adscripto a otras dependencias, un haber mensual mínimo neto según el siguiente detalle: A partir del 1º de agosto de 2022 $100.000; para los agentes que acrediten al menos la finalización de nivel secundario o estudio superior y de $90.000 para aquellos que no acrediten título alguno.
A partir del 1º de septiembre de 2022 $105.000; para los agentes que acrediten al menos la finalización de nivel secundario o estudio superior y de $95.000 para aquellos que no acrediten título alguno.
A partir del 1º de octubre de 2022 $110.000; para los agentes que acrediten al menos la finalización de nivel secundario o estudio superior y de $100.000 para aquellos que no acrediten título alguno.
A partir de los haberes devengados a septiembre de 2022 un incremento en el Estímulo a la Educación, que actuará como complemento a las becas de estudio creadas por Decreto Municipal 674/2008, totalizando ambos la suma de $10.000.
Otros puntos
A partir de los haberes devengados de septiembre de 2022 un incremento en el porcentual a liquidar en concepto de adicional particular por título, establecido en el Decreto Municipal 580/2014, según siguiente detalle:
El 42,5% de la categoría de revista del agente de la escala salarial vigente para los que ostenten titulo de grado, de licenciado y títulos profesionales equivalentes otorgados por instituciones universitarias estatales o privados.
El 32,5% de la categoría de revista del agente de la escala salarial vigente para los que ostenten título de técnico medio y técnico superior de la modalidad de educación superior otorgados por institutos universitarios estatales o privados autorizados y/o instituto de educación superior o de gestión estatal o privada.
El 28,5% de la categoría de revista del agente de la escala salarial vigente para los que ostenten título de técnico medio y técnico de la modalidad de la educación secundaria.
El 25% de la categoría de revista del agente de la escala salarial vigente para los que ostenten título secundario.
Cabe indicar que el incremento al básico impactará de forma directa sobre todos los adicionales correspondientes y, al tratarse de un incremento remunerativo, alcanza en la inmediatez a los haberes de los jubilados municipales.