La Fiscalía de Estado exhortó al Directorio del IPAUSS a determinar si corresponde el recupero de fondos por más de 1 millón 800 mil pesos que se pagaron a las clínicas privadas CEMEP y San Jorge, en concepto de reconocimiento de mayores costos. Los pagos se efectuaron en octubre de 2004 y transcurridos más de diez años, las clínicas no han brindado el respaldo documental de esos gastos.
USHUAIA.- Por resolución del IPAUSS 78/04, se autorizó el pago de 1 millón 218 mil 308 pesos a favor de la clínica San Jorge y 582 mil 767 pesos al CEMEP. Las sumas fueron canceladas el 20 de octubre de 2004 y desde entonces, pasaron diferentes Directorios y ninguno de ellos procedió a establecer si esos pagos corresponden o no, debido a que no hay documental que lo respalde.
Recientemente, en mayo de 2014, la subcontadora general del IPAUSS, mediante nota 232/14 advirtió a la presidenta, Ana Villanueva, sobre el pago de los anticipos a las clínicas privadas, indicando que “debía procederse con su recupero de forma urgente, ya que había transcurrido un lapso de tiempo más que razonable sin que hasta ese momento las firmas hubieran acreditado los mayores costos que habían solicitado en su oportunidad”.
En el dictamen 10/2015; fechado el 17 de marzo, el Fiscal de Estado reprocha los graves inconvenientes que existen en el organismo en materia de gestión administrativa, pues una demora de más de diez años en resolver un asunto de naturaleza patrimonial autoriza a calificar como seriamente ineficiente e ineficaz el obrar de quienes deben dirigir al IPAUSS y velar por sus intereses.
Antecedentes del caso
Tras la salida de la convertibilidad en 2002, se suscitó entre el IPAUSS y los efectores CEMEP y San Jorge un debate acerca de la alternativa de que se reconociera a favor de los últimos la existencia de mayores costos prestaciones en los distintos niveles de atención que habían sido licitados por el organismo.
El pedido de las prestadoras culminó con el pago de sumas de dinero en carácter de anticipo, que son dos adelantos a favor de cada una de las clínicas, las que dieron motivo a la denuncia que presentaron Carlos Córdoba y Marcelo Córdoba, dirigentes de la Asociación Trabajadores del Estado.
Por las Disposiciones de Presidencia 187/03 y 188/03 se otorgó a favor de San Jorge un anticipo de mayores costos de 600 mil pesos y a favor del CEMEP 300 mil pesos. A posterior, se dictaron las Disposiciones 492/03 y 493/03; fueron aprobadas las liquidaciones correspondientes a las variaciones de costos reconocidas, liquidándose a favor del CEMEP la suma de 647 mil 242 pesos y a favor de San Jorge 1 millón 675 mil 386 pesos.
Como consecuencia de las objeciones del Tribunal de Cuentas y del Departamento de Contaduría del IPAUSS, por la falta de documentación respaldatoria para efectuar esos pagos; en el 2004 se dictó la resolución 40 donde se revocaron “por razones de ilegitimidad”, las disposiciones que autorizaron el pago de los adelantos y el reconocimiento de variaciones de costos y se dispuso que los pagos realizados sean computados como pagos a cuenta de la cancelación de sumas que se reconocieran a las clínicas, con el debido respaldo documental.
Vía judicial
La resolución del IPAUSS 04/04 fue judicializada por la firma San Jorge y en una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de fecha 11 de mayo de 2001, se resolvió rechazar la demanda intentada y se declaró ajustada a derecho la medida dispuesta por el IPAUSS.
El 6 de octubre de 2004, las partes llegan a un acuerdo para convenir una solución a los conflictos existentes, entre los que figuraba el pago de valores diferenciales por mayores costos y en ese marco, el Instituto procedió a abonar, por resolución 78/04, la suma de 1 millón 218 mil 308 pesos a favor de la clínica San Jorge y 582 mil 767 pesos al CEMEP. Sumas que fueron canceladas el 20 de octubre de 2004.
Diez años más tarde, en mayo de 2014, la subcontadora general del IPAUSS, mediante nota 232/14 advirtió a la presidenta, Ana Villanueva, sobre el pago de los anticipos a las clínicas privadas, indicando que “debía procederse con su recupero de forma urgente, ya que había transcurrido un lapso de tiempo más que razonable sin que hasta ese momento las firmas hubieran acreditado los mayores costos que habían solicitado en su oportunidad”.
El Fiscal de Estado reprocha los graves inconvenientes que existen en el organismo en materia de gestión administrativa, pues una demora de más de diez años en resolver un asunto de naturaleza patrimonial autoriza a calificar como seriamente ineficiente e ineficaz el obrar de quienes deben dirigir al IPAUSS y velar por sus intereses.
DENUNCIAS. Hay dos denuncias penales en relación a este asunto: Causa 25.261 en el Juzgado de Instrucción 2 del Distrito Sur, caratulada “Córdoba, Carlos Hipólito s/denuncia”. Y causa 17.322 Díaz, María Rosa y Deheza, Elida s/denuncia”.