Se reglamentó la ley de cannabis y cáñamo industrial en Argentina

Se podrá producir y consumir desde alimentos hasta cosméticos. Desde la Agencia Regulatoria esperan generar 10 mil puestos de trabajo.

El lunes 7 de agosto, se reglamentó la ley N° 27.669 para la producción industrial de cannabis y finalmente, el estado se encuentra autorizado para otorgar licencias para la puesta en marcha de un nuevo sector de la economía nacional, el cual espera otorgar 10.000 puestos de trabajo en los primeros años de su reglamentación.

Dicha industria, responderá a la demanda de más de 6 millones de usuarios de cannabis medicinal. Sin embargo, la reglamentación también apunta a la fabricación de aplicaciones medicinales para animales, elaboración de alimentos, fibras textiles y materiales diversos provenientes de esta planta milenaria.

Se espera que la agencia encargada de otorgar las licencias para comercializar cannabis, al menos unas 80 licencias antes de fin de año a través de la Ventanilla Única de la Agencia Regulatoria del Cannabis (ARICCAME).

DETALLES DE LA REGLAMENTACIÓN

Entre los principales puntos a destacar, se encuentra el muy esperado detalle sobre el porcentaje permitido de THC, ya que, históricamente, el mismo fue declarado como el componente psicoactivo y penalizado por la ley N° 23.737 de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes, la cual ha encarcelado injustamente a miles de cultivadores.

En este sentido, la reglamentación fija el cannabis psicoativo a todo lo que supere el 1% de THC y cáñamo, cáñamo industrial y/u hortícola como planta de cannabis, sus partes, semillas y sus derivados. Es decir, los derivados de la planta de cannabis estarán aptos para comercialización siempre y cuando, no superen el 1% de THC.

¿Cómo se otorgarán los permisos para comercializar?

La Agencia Regulatoria del Cannabis (ARICCAME) será la encargada de regular y controlar el almacenamiento, fraccionamiento, transporte, distribución, trazabilidad y el uso de las semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales nutricionales y/o de cosmética humana o industriales, de manera coordinada con la ANMAT, SENASA, INASE, INTA, INTI, AFIP, ANLAP y los restantes organismos públicos dedicados a la materia.

La agencia será la encargada de fijar la normativa correspondiente con las condiciones generales para la evaluación de las solicitudes de autorizaciones y de licencias que se presenten, la cual se espera se publique en lo pronto.

Para la autorización, la reglamentación de la ley N°27.669 establece la creación de la Ventanilla Única para la Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal que tendrá como objetivo principal, facilitar las gestiones y trámites que se realizarán ante la Administración Pública Nacional con respecto a la materia.

UN DÍA HISTÓRICO

Sin lugar a dudas, es un día histórico en nuestro país. Por primera vez, asociaciones, cooperativas y otros grupos conformados por cultivadores de cannabis de todo el país, tendrán un marco normativo para comenzar a enmarcar la tarea que han realizado durante tantos años desde la clandestinidad, ahora desde la legalidad.

Celebramos este día como un nuevo comienzo para los y las cultivadoras de cannabis, reforzamos la esperanza de que todos podamos  trabajar dignamente en el rubro que hemos elegido para vivir y exigimos la liberación de todos los presos por cultivar quienes ahora, podrán realizar aquellas actividades que alguna vez los condenaron, las cuales hoy están siendo legalizadas para poder comenzar con esta nueva industria verde en nuestro país. Fuente: https://cannabicaargentina.com/

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