El Superior Tribunal evitó que quede impune el homicidio cometido por Ramón Abregú al revocar la decisión de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Río Grande, que había considerado prescripta la causa por la fuga ocurrida en el año 2001.
RIO GRANDE.- El Superior Tribunal de Justicia revocó la resolución de los jueces de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Río Grande, que habían considerado prescripta la causa por la fuga de Ramón Angel Abregú, decisión que lo dejaba a un paso de quedar impune y de esa forma no cumplir con un castigo penal por el asesinato de su esposa y de un hijo en gestación.
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La decisión del máximo órgano judicial de la provincia evitó que el caso quede impune. Se ordenó que el expediente sea girado al Juzgado de Instrucción que está a cargo de juez Raúl Sahade, para que siga adelante con la instrucción de la causa por evasión, en la que está bajo proceso Abregú.
Con el voto de la jueza María del Carmen Battaini y la adhesión de los jueces Ernesto Löffler y Miriam Edith Cristiano se resolvió que la evasión de Abregú fue un delito continuado a lo largo de estos 22 años y no solamente en el momento en que se escapó de la cárcel. En ese sentido, consideraron que “la prescripción de la acción empezará a correr desde la medianoche del día en que aquel cesó de cometerse”, o sea el 17 de octubre de 2023 cuando Abregú decidió entregarse.
Cabe indicar que la intervención del Superior Tribunal fue gracias a la presentación de un recurso de casación que interpuso a tiempo el fiscal Mayor, Martín Bramatí, quien solicitó que se revise la decisión de los camaristas considerando que lo que se busca es “hacer justicia” con una persona que se mantuvo prófuga durante 22 años, sin cumplir la condena de 20 años de prisión que se le impuso por acribillar a balazos a su esposa.
El Fiscal Mayor planteó en su recurso que la decisión de éstos “busca seguridad jurídica, pero nosotros lo que procuramos es buscar justicia” y solicitó que los jueces tengan en cuenta que los derechos de los familiares de la víctima permanecieron vulnerados todo el tiempo en que Ramón Angel Abregú permaneció prófugo.
En su planteo señaló que la fuga “es un único hecho que inició el día de su fuga y cesó en el momento en que se apersonó ante el tribunal”.
Cómputo de la condena
Ramón Angel Abregú (70) cumpliría los 20 años de prisión por el homicidio de su esposa el 24 de septiembre de 2042, de acuerdo al cómputo que fue establecido por el Juzgado de Ejecución de Sentencia de Río Grande, que adoptó esa resolución luego de haber sido rechazado el pedido de prescripción de la pena que había planteado la defensa del acusado por asesinato que estuvo prófugo durante 22 años.
De esta forma Abregú debería cumplir el total de la condena que le fue impuesta en prisión, aunque por su edad avanzada puede solicitar que la misma se pueda cumplir en un domicilio.
En la resolución adoptada por el Juzgado de Ejecución, se tuvo en cuenta que al momento de su fuga, el 15 de febrero de 2001, llevaba purgado un año, 1 mes y 28 días de la pena impuesta de 20 años por el delito de homicidio simple, del cual resultó víctima Eva Falcón, quien era su esposa y al momento de ser asesinada estaba embarazada.
Con el nuevo cálculo Abregú puede obtener el beneficio de la semilibertad y salidas transitorias el 25 de septiembre de 2032. En tanto que, para la libertad condicional deberá esperar al año 2036.
Antecedentes del caso
Ramón Ángel Abregú se entregó a las autoridades judiciales el martes 17 de octubre, luego de haber estado 23 años prófugo de la justicia, tras fugarse de la cárcel donde cumplía una condena de 20 años de prisión por haber asesinado a su esposa, Eva Falcón, hecho que sucedió el 3 de enero del año 2000.
Abregú se presentó en Tribunales acompañado de quien era entonces su abogado, Alejandro de la Riva (ahora fallecido), quien había solicitado la libertad de Abregú por prescripción de la causa. En aquel entonces el Tribunal de Juicio en lo Criminal rechazó esa solicitud, indicando que antes de resolver su situación debía estar a derecho.
Violencia de género
Si bien al momento que Ramón Angel Abregú fue condenado no estaba vigente la reforma del Código Penal que impone pena de prisión perpetua en los casos de violencia de género, ya que la misma recién fue sancionada en 2012, para el fiscal Mayor Martín Bramatí el caso debería ser analizado bajo ese contexto.
El Fiscal señaló que “nos encontramos ante un hombre quien, con excesiva violencia, persiguió a su mujer por la vía pública, portando ilegítimamente un arma de fuego; que ingresó a una clínica detrás de ella y la ultimó allí, en un centro de atención médica, y no solo mató a su mujer, sino que también culminó la vida de su hijo por nacer”.
Bramatí indicó que “en el estudio de casos como el que nos ocupa, revista importancia capital resaltar que la consideración de la violencia contra la mujer como una violación de los derechos humanos permite hablar de obligaciones reforzadas de los Estados, cuando previenen, investigan, sancionan y reparan estos hechos”.