RIO GRANDE.- El Juez Pablo Bramatí, a cargo del Juzgado de Ejecución Penal, por subrogancia legal, dictó con fecha 7 de mayo, la resolución por la cual quedaron firmes las condenas aplicadas a los exagentes del Servicio Penitenciario, César Alberto González y José Alberto Franco, por el delito de torturas, cometidas contra el fallecido interno José Santos Carmelo Castro Molla, en la Unidad de Detención 1, en Río Grande.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal dictó con fecha 25 de septiembre de 2012, las condenas de 9 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua, a González y Franco, ambos acusados por el delito de torturas cometido el 22 de diciembre de 2008. Según la denuncia de Castro Molla, los penitenciarios lo golpearon, le rociaron gas pimienta y lo encerraron en un freezer.
Cabe recordar que meses más tarde de las torturas sufridas, el 15 de febrero de 2009, Castro Molla estuvo casi 24 horas trepado a una cabreada del techo de la Unidad de Detención 1 de Río Grande, en reclamo de su traslado a la ciudad de Ushuaia para conocer a su hija recién nacida.
Luego de su protesta, con la promesa de volver a su lugar original de detención, en la capital provincial, y cuando se disponía a bajar, ante la sugerencia de un oficial penitenciario que le decía: «Tírese, que la red es segura», cayó y sufrió graves lesiones que lo llevaron al hospital, donde permaneció internado, en estado de coma, hasta que finalmente falleció. El caso tuvo gran trascendencia por un video que circuló en la web, en el cual se veía la caída del recluso.