Acusado de abuso sexual fue condenado sólo a 5 años de prisión por lo declarado por la víctima

El Tribunal de Juicio Oral impuso esa condena al hombre de 41 años acusado de dos hechos de abuso sexual contra una menor en 2014. Los jueces aclararon que la pena alcanzó 5 años, en lugar de los 12 solicitados, porque la declaración de la víctima no probó que existiera el “grave ultraje”.

RIO GRANDE.- Ayer al mediodía Roberto Sosa fue condenado a la pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de abusos sexual simple en dos hechos, cometidos en 2014 contra una menor de 7 años.

El presidente del Tribunal Oral en lo Criminal, juez Daniel Borrone, explicó en la lectura del veredicto que la pena impuesta obedeció a “la declaración de la víctima” y “circunstancias” que surgieron de la misma.

Ese detalle fue agregado en razón de que el fiscal del caso, doctor Pablo Candela, había alegado pidiendo 12 años de prisión, sosteniendo que uno de los hechos era “gravemente ultrajante”.

En relación a ello, si bien aún se aguardan los fundamentos, trascendió que de la evaluación del hecho más grave, en el que la víctima sostenía que este sujeto le acercó su órgano sexual al rostro, cuando la menor estaba durmiendo, el mismo no fue considerado como “gravemente ultrajante”.

El propio dicho de la menor sostuvo que no hubo acceso oral, por lo que el “grave ultraje” es considerado similar al agravante “por acceso carnal”.

Al no haber existido penetración, el hecho quedó en el plano del “abuso simple” y en ello difirió la pena impuesta a la solicitada por el representante del Ministerio Público.

 

 

El fiscal aguarda los fundamentos

El fallo del Tribunal de Juicio tendrá en las próximas semanas una ampliación de los fundamentos del mismo, hasta los cuales el fiscal Pablo Candela se manifestó aguardar prudentemente.

“El imputado había acercado sus genitales a la zona de la boca de la niña, en el criterio del Ministerio Público Fiscal esto fue considerado como gravemente ultrajante porque excede un tocamiento simple”, dijo en relación a su alegato.

“Se discutió en el juicio si se había dado o no la introducción del órgano en la boca, pero veremos los fundamentos y la forma de recurrir la sentencia”, dijo respecto del criterio del tribunal que consideró que el hecho fue simple.

El Tribunal de Juicio al momento de leer el veredicto en la sala de Campamento YPF.