Atento el anuncio formulado por la Gobernadora de la Provincia de Tierra del Fuego, en el acto por los 45 años de Tolhuin, y en el que nos comunicó a los habitantes de la provincia, que firmó el proyecto de ley realizado por su gobierno para remitirlo a la brevedad a la Legislatura y que ésta lo convierta en ley, “creando” el Departamento Tolhuin, me veo en la obligación ineludible de expresar que ese proyecto es absolutamente ilegal.
Hago saber también que la concesionaria de las Termas lo va a recurrir ante la justicia como corresponde, ya que es un nuevo pero viejo intento de seguir avasallando los derechos adquiridos por la misma, y también porque es una obligación moral de la que el Estudio Jurídico que integro se siente orgulloso, cual es la de defender a los que se manejan con la verdad y viven del esfuerzo de su trabajo.
Este proyecto además de absurdo es ilegal, porque expresa lo contrario a lo que en derecho se conoce como la Doctrina de los Actos Propios, esto es que nadie puede ir en contra de sus propios actos, y como es el propio Estado el que firmó el contrato, no se puede borrar con el codo lo que se escribió con la mano, pretendiendo que lo firmado no existe.
Asimismo este proyecto de ley va en contra de todos los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que prohíben que se cambie el estado de la cosa que es objeto de un juicio entre las mismas partes, atento no se puede violar el principio constitucional de que todos somos iguales ante la ley, y de que todos tenemos derecho al debido proceso judicial, y ello es así porque antes de la firma de este “proyecto de ley“, la empresa ya le había iniciado acciones judiciales al Estado provincial por el mismo tema, que está ahora esperando la sentencia .
Ramiro J. Podetti nos dice a todos los que conocemos el derecho, que el principio de igualdad de las partes, “halla fundamento en el principio de moralidad o en la buena fe con la cual deben proceder los litigantes. Sería contrario a un mínimo de buena fe procesal que mientras por un lado se busca que los jueces resuelvan el litigio, reconociendo o declarando las cuestiones controvertidas; por otro, se modifique el estatus jurídico o de hecho de los bienes discutidos, procurando obtener una ventaja de esa actitud “.
Este accionar de la Gobernadora es también manifiestamente inconstitucional, y se agrava en su caso, porque conoce el derecho, sabiendo perfectamente que está violando toda la Doctrina Judicial, todos los fallos de la Corte Suprema de Justicia, y lo normado por los artículos 28 ,29 y 31 de la Carta Magna.
La Constitución Nacional es la que consagra que los derechos allí establecidos, no pueden ser alterados por leyes que vayan en su contra; que las Legislaturas no pueden conceder a los gobernadores facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobierno o persona alguna; y que la Constitución es ley suprema de la Nación , y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ellas.
En consecuencia, la firma de este absurdo proyecto de ley para ser remitido a la Legislatura, es lisa y llanamente otro acto ilegítimo del Estado provincial, enmarcado en la pretensión de aniquilar para siempre los efectos del contrato para la explotación del recurso termal por parte de la concesionaria, intentando consagrar un colosal despojo carente de sustento legal alguno, con la “chapa” del poder, y pasando por encima de la justicia.
Pero estoy realmente sorprendido y asombrado, al igual que supongo lo habrán estado también en ese momento los dos jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia que acompañaban a la Gobernadora en ese acto, cuando ella dice públicamente en su presencia, que con orgullo firma este proyecto, siendo que son precisamente esos funcionarios judiciales los que tienen que resolver prontamente los litigios planteados entre la empresa y el Gobierno que ella representa, en los tres juicios iniciados por la concesionaria contra el Gobierno provincial por el tema de las Termas, y que ya están en condiciones de que se dicte la sentencia en todos ellos.
Es en esos juicios donde la empresa demanda el cumplimiento de contrato que el Gobierno no quiere cumplir, dónde se consigna por qué el Gobierno se niega a aceptar la opción de compra de las tierras fiscales establecido en el mismo contrato, y dónde se reclama la escrituración del exaserradero Martínez, adquirido hace años por la empresa para darlo de baja como aserradero e incorporarlo como complemento de las termas, para poder concretar un gran circuito turístico provincial que pueda ser disfrutado por todos.
Donde están enclavadas tanto las Termas como el exaserradero Martínez son tierras fiscales que corresponden catastralmente al Departamento Ushuaia desde que éste fuera creado, y lo que se pretende, con la creación ilegal del Departamento Tolhuin, es sustraer ambos inmuebles de la órbita del departamento Ushuaia para que, sumados a otras tierras fiscales, se los incorpore a estos predios cuya titularidad está reclamando judicialmente la concesionaria y pasarlos al ahora “ampliado” ejido urbano de Tolhuin, que de tener 45 km2 llegaría a 930 km, sin planificación alguna como lo reconoció el propio Intendente de esa localidad, sin partidas presupuestarias, sin que nada ni nadie pueda justificar tamaña “ampliación”, sin intervención alguna de la empresa, siendo el jefe comunal el dueño de disponer a su antojo sobre estas inmensas cantidades de tierras.
El Gobierno de la provincia, en su ensañamiento contra la empresa, se olvida que el Estado tiene la obligación de actuar siempre con una garantía objetiva de razonabilidad para con el administrado y debe hacerlo también con juridicidad y transparencia en todos y en cada uno de sus procedimientos, de modo tal que los ciudadanos perciban esa relación como transparente y límpida.
La transparencia en los actos del Estado, conviene no olvidarlo, viene también exigida por la Convención Interamericana contra la Corrupción, siendo entonces el buen accionar de los gobiernos y el de quienes los integran un elemento democratizador del poder y lo que lo legitima ante el pueblo todo, que es quién en definitiva premia o castiga con su voto, cuando elige a sus gobernantes.
La provincia viene desde años actuando de manera ilegal contra de la empresa, y así fue cuando eliminó arbitrariamente del sistema informático de la AREF (ex DGR), la partida inmobiliaria de las Termas para impedirle poder pagar el impuesto inmobiliario rural; cuando dictó un decreto ilegal para permitir que ingresen camiones por el camino de las Termas, cuando está prohibido; como fue ilegal haberla lanzado judicialmente de las Termas, inventando incumplimientos que nunca lo fueron; y como es ilegal que siga permitiendo el desguace de todos los vehículos y la maquinaria, que se encuentra abandonado a la buena de Dios en el playón de Vialidad Provincial.
Es ante estos abusos cuando interviene el Poder Judicial, que es quién debe garantizar que el administrador no los genere, debe subsanar los errores de hecho o de derecho, y debe poner límite a los gobernantes cuando incurren en abusos en la toma de decisiones, de manera tal de poder lograr así mayor eficacia y consenso de sus acciones en la comunidad , y también para evitar reacciones imprevistas de los ciudadanos en contra de una determinada acción administrativa, como ya hemos visto muchas veces, porque ello hace al sistema democrático.
Por el principio de la división de los poderes es la justicia la que debe intervenir para impedir la concentración excesiva del poder de decisiones abusivas realizadas por una autoridad que pretende ser hegemónica, y que no puede ni debe soslayar jamás lo que señala la Constitución Nacional, que es la ley máxima para todos.
“El Manual del Despojo contra Transporte Roanmat SRL”, escrito y llevado a la práctica por el gobierno de Manfredotti-Gallo, fue corregido y aumentado con los años con la incorporación de nuevos capítulos de maldades gubernamentales, para poder seguir intentando birlarle a la concesionaria lo que, por contrato, le corresponde.
Esa fue la razón que llevó a la Legislatura provincial a dictar dos leyes ilegítimas como lo son la Ley 597 y la “ley de ampliación” del ejido urbano de Tolhuin, y como lo es ahora el intento de sancionar una nueva ley ilegal que las dos anteriores, como lo es este proyecto de crear el Departamento Tolhuin, todo lo que significa un verdadero disparate y una falta absoluta de respeto hacia la empresa y hacia la Justicia.
Todos aquellos que a lo largo del tiempo han efectuado desde el Estado actos ilegales, sin valor jurídico alguno y nulos de nulidad absoluta, deben saber que tantas injusticias no van a poder triunfar jamás, porque la verdad aunque tardía, siempre llega y se va a imponer por sobre la mentira y por sobre los actos escandalosos de corrupción estatal.
Hace casi dos años ya que una mayoría silenciosa de argentinos decidió cambiar para siempre, dejando de lado la resignación de elegir a los que robaban pero hacían, y poniendo por primera vez límites a los prepotentes del poder, que venían haciendo lo que se les daba la gana, creyendo que eran impunes.
Esos argentinos le demostraron a propios y extraños que sí se puede enfrentar a las mafias y a los corruptos sin tenerles miedo, tal como lo está demostrando el accionar de la justicia nacional, que es la única manera de ir cambiando definitivamente la manera de pensar y de hacer, es decir acostumbrarnos a actuar con la verdad y que la justicia respete la ley, como acertadamente lo expresó hace unos días el Presidente de la Nación, quién lo dijo, porque sabe perfectamente que al que miente, nadie lo va a volver a acompañar.
LUIS DANIEL MERLO- ABOGADO MAT. PCIAL. N° 17 S.T.J.