Nuevos agravantes para los delitos viales

El proyecto incorpora como novedad el concepto de «conducción temeraria» y tipifica los delitos de «conducción en estado de alcoholemia o bajo influencia de drogas». La nueva ley apunta a castigar con más severidad las fatalidades que ocurren en ocasión de las “picadas”.

BUENOS AIRES (NA).- La Cámara de Diputados aprobó y giró a Senado con 202 votos afirmativos y 3 abstenciones un proyecto de ley que modifica el Código Penal para agravar las penas de prisión para los casos de muerte y lesiones por automovilistas.

El proyecto incorpora como novedad el concepto de «conducción temeraria» y tipifica los delitos de «conducción en estado de alcoholemia o bajo influencia de drogas», «conducción sin registro habilitante» y de «participación en una prueba de velocidad con un vehículo con motor», en referencia a las «picadas».

La iniciativa establece una pena de tres a seis años de prisión para una serie de agravantes como que el conductor se dé a la fuga, no intente socorrer a la víctima o se encuentra bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre.

También incluye a quienes conducen con un exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, o si conducen estando inhabilitados para hacerlo por autoridad competente, o violan la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación.

La nueva ley busca ser más severa con los hechos trágicos por la práctica de las “picadas”.
La nueva ley busca ser más severa con los hechos trágicos por la práctica de las “picadas”.