El proyecto propone un blanqueo de trabajadores no registrados y cambios en las indemnizaciones

El proyecto prohíbe acordar en paritarias el pago de “sumas en negro”.

 

El proyecto de ley se denomina «de Ordenamiento Laboral», que tiene entre sus puntos principales un blanqueo laboral o «regularización del empleo no registrado» a través de una condonación de deuda para los empleadores que cumplan con ese régimen.

 

 

BUENOS AIRES (NA).- El proyecto de ley de reforma laboral, enviado por el Gobierno al Senado impulsa un blanqueo de trabajadores y un régimen de pasantías e impone cambios sobre el cálculo de las indemnizaciones, la registración laboral y las licencias.

La iniciativa, surgida de un acuerdo entre el Gobierno y la cúpula de la CGT, plantea medidas que apuntan a la «regularización del empleo no registrado, lucha contra la evasión laboral, registración, modificaciones al marco normativo de las relaciones de trabajo, transición entre el sistema educativo formal y el trabajo».

 

 

Blanqueo laboral.

Los trabajadores no registrados «tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por la que se los regularice, calculados sobre un monto mensual equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, a fin de cumplir con los años de servicios requeridos» para la jubilación.

No obstante, el proyecto aclara que «los meses regularizados no serán considerados respecto de la prestación adicional por permanencia y no se computarán para el cálculo del haber de la misma ni de la prestación compensatoria» en la jubilación.

El plazo para la regularización será de «360 días corridos desde la fecha de entrada en vigencia de la ley» y los empleadores que la lleven a cabo gozarán de «una condonación de la deuda en determinados conceptos».

La condonación «será del 100% si la registración tuviera lugar dentro de los primeros 180 días corridos, y del 70% si se efectiviza con posterioridad a ese plazo», según agrega el proyecto.

 

 

Indemnización

Otro de los puntos destacados de la iniciativa es el cambio que impone sobre el cálculo de la indemnización por despido sin causa contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo, al excluir el sueldo anual complementario, los premios y/o bonificaciones y «toda compensación y/o reconocimiento de gastos que el empleador efectúe hacia el trabajador».

Además, el proyecto plantea la posibilidad de que las cámaras empresariales y los gremios acuerden la creación de un Fondo de Cese Laboral Sectorial «de adhesión voluntaria para el empleador, quien será el exclusivo aportante, destinado a sustituir la cobertura en materia de preaviso y despido sin causa del dependiente».

 

 

Registración laboral y multas

El proyecto propone modificar las multas establecidas para la ausencia de registración laboral, que actualmente obligan al empleador a abonar al trabajador afectado «una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones devengadas desde el comienzo de la vinculación» que no puede ser inferior a «tres veces el importe mensual del salario».

En la iniciativa presentada al Senado el Gobierno consideró que esas multas «poseen naturaleza punitiva y el hecho de que se haya designado como destinatario al trabajador no les confiere estirpe resarcitoria, pudiendo el legislador establecerlas a favor del Estado».

Por esa razón, el proyecto indica en primer término que la contratación de un trabajador debe empezar a tener en cuenta «los sistemas simplificados de registro administrados por AFIP» y luego modifica el cálculo de las multas para quien no cumpla con la obligación de registrar al trabajador.

En este sentido, señala que «el empleador que no registrare una relación laboral abonará a los Organismos de la Seguridad Social una multa equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al momento de su imposición, por cada período mensual no registrado o el que proporcionalmente corresponda».

 

 

Sumas no remunerativas.

El proyecto de reforma laboral establece la «prohibición de acordar sumas no remunerativas en las Convenciones Colectivas de Trabajo”. Este punto se incorporará como artículo 7 de la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo 14.250 y sus modificatorias en caso de que la iniciativa sea convertida en ley por el Congreso.

 

 

Licencias

El régimen de licencias tendrá importantes cambios que contemplan, según la letra del proyecto, la equidad de género, la crianza compartida y la ampliación del concepto de parentalidad.

Así, propone una licencia por paternidad y adopción de 15 días y una licencia de 10 días anuales para trámites de adopción, en tanto que para tratamientos de reproducción asistida el trabajador tendrá derecho a cinco días anuales.

También se permite que el empleado pueda acordar con su empleador una jornada reducida de trabajo para el cuidado de menores de hasta 4 años.

Además estará permitido tomar una licencia de 30 días anuales sin goce de haberes «por razones particulares planificadas».

 

 

Pasantías

La reforma plantea la creación del «Sistema Nacional de Formación Laboral Continua como un conjunto articulado de políticas, programas, proyectos e instituciones destinados a ejecutar las ofertas de capacitación laboral y la evaluación y certificación de competencias en dicha materia».

El proyecto señala que «con el fin de asegurar una adecuada transición entre el sistema educativo formal y el trabajo» se creará un «Sistema de Prácticas Formativas», lo que se conoce popularmente como pasantías.

El sistema estará «destinado a los estudiantes y nóveles graduados de la Educación Superior, a los estudiantes de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y de la Formación Profesional, en todos los casos para personas mayores de 18 años, para cumplirse en empresas o instituciones públicas o privadas».

La iniciativa señala que para evitar el abuso de esa modalidad, el Instituto Nacional de Formación Laboral se encargará de hacer un seguimiento y evaluación de las «prácticas formativas», así como la promoción y certificación de la formación laboral.