Otra ordenanza que la Municipalidad no cumple

RIO GRANDE.- Se trata de la creación de un registro de deudores alimentarios a nivel local (REDAM), ordenanza sancionada en 2014 que busca que se respeten los derechos de los hijos a percibir la prestación alimentaria. La norma, impulsada por el concejal Alejandro Nogar, establece que la Municipalidad no podrá expedir determinada documentación a quienes figuren en dicho registro.

Hay que mencionar que la ordenanza fue sancionada por el Concejo, luego vetada por el intendente Melella y finalmente la iniciativa fue insistida por el parlamento local, de esta forma, la Municipalidad debería poner en marchar el REDAM, hecho que no ocurre, según reclamó Nogar.

En su artículo 1 se especifica que no podrán expedirse; inscripciones, altas o bajas, transferencias, otorgar habilitaciones comerciales, concesiones incluidas las de transporte público, licencias y permisos a las personas que se encuentren incluidas en el Registro.

Además, se expresa que están inhabilitados para ocupar cargos de planta política en ámbitos de la Municipalidad, Tribunal de Cuentas y Tribunal de Faltas, quienes estén sindicados como deudores de cuotas alimentarias.

Tampoco se podrán otorgar ni renovar licencias de conducir y registrarse como proveedores o contratistas del Estado. En rigor, el solicitante, tendrá la obligación de presentar un certificado que especifique la negatividad de la inclusión en el REDAM.

Y finalmente, la norma faculta a los jueces de Familia y Minoridad del Distrito Judicial Norte, como únicos funcionarios con la capacidad de expedir excepciones.

La ordenanza fue impulsada por el concejal Alejandro Nogar.
La ordenanza fue impulsada por el concejal Alejandro Nogar.