La anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, votada por el Congreso de la Nación 20 años atrás, permitió reanudar juicios a los responsables de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar y marcó un hito en la búsqueda de verdad y justicia para las víctimas de desapariciones forzadas, torturas, violaciones y ejecuciones extrajudiciales.
BUENOS AIRES (TELAM).- El 21 de agosto de 2003, minutos antes de las dos de la madrugada y tras un extenso debate que había empezado el día anterior, el Senado anuló las llamadas “leyes de impunidad”, una de las primeras políticas públicas de Memoria, Verdad y Justicia impulsadas por el entonces presidente Néstor Kirchner a poco de asumir el Gobierno.
La nulidad (Ley 25.779) se logró con 43 votos favorables, siete en contra y una abstención, pero antes de eso el Parlamento ya le había dado rango constitucional, mediante la Ley 25.778, a la Convención de la ONU sobre imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El proyecto de nulidad, promovido por la entonces diputada de Izquierda Unida (IU) Patricia Walsh, y la Convención de Naciones Unidas había recibido días antes la aprobación de la Cámara baja.
Septiembre de 2003
Las dos leyes, promulgadas el 2 de septiembre del 2003, abrieron una nueva etapa en la historia argentina y pusieron fin a décadas de impunidad con la reanudación en todo el país de juicios por delitos de lesa humanidad que habían quedado paralizados a mediados de los 80.
Es que, justamente, las llamadas “leyes de impunidad” fueron impulsadas y promulgadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín, algo más de un año después de la finalización del histórico Juicio a las Juntas Militares.
La ley de Punto Final fue complementada, a mediados de 1987, con la de Obediencia Debida (23.521), impulsada tras el alzamiento militar “carapintada” de la Semana Santa de ese año, que puso en riesgo la continuidad democrática.
Obediencia Debida
La Obediencia Debida estableció diferentes niveles de responsabilidad penal entre quienes impartieron órdenes y aquellos que ejercieron los actos represivos de la dictadura. Equivalía a una exculpación de los delitos de lesa humanidad para oficiales de rango medio y bajo.
A las cuestionadas normas sancionadas durante el alfonsinismo le siguieron, entre 1989 y 1990, los cuatro decretos de indultos firmados por el entonces presidente Carlos Menem.
La decisión presidencial les otorgó el perdón a 220 militares, entre ellos los excomandantes Jorge Rafael Videla, Emilio Massera, Orlando Agosti, Roberto Viola y Leopoldo Galtieri. También alcanzó a líderes carapintadas y a 70 civiles, algunos de ellos exjefes de organizaciones guerrilleras, como Mario Firmenich, de Montoneros.
El propósito de los decretos apuntaba a alcanzar la “pacificación y la reconciliación nacional”, explicó Menem, pero no logró acallar la exigencia de Memoria, Verdad y Justicia.
En 1998 el Congreso derogó las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, pero esa determinación legislativa carecía de retroactividad y no alcanzaba a las violaciones cometidas por la última dictadura.
Tres años después, el 6 de marzo de 2001, el juez federal Gabriel Cavallo dictó un fallo histórico en el que declaró, a partir de una presentación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la inconstitucionalidad y nulidad de las leyes de impunidad.
La decisión del juez Cavallo fue ratificada por la Cámara Federal, que en su resolución consideró que la anulación de ambas normas debía ser una “obligación” para el sistema judicial y político.
Esa posición de un sector de la Justicia, sumada a la decisión política del gobierno de Néstor Kirchner, propició que el Congreso pudiera en 2003 declarar la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y dar paso así a la reanudación de las investigaciones y juicios por los crímenes.
El 4 de agosto de 2006, casi un año después de la anulación de las leyes, el represor Julio Simón se convirtió en el primer condenado en los reiniciados juicios. Semanas más tarde fue el turno de Etchecolatz, quien recibió reclusión perpetua.