Acordada 9/2020 de la Corte

Habilitan pagos por alimentos, indemnizaciones por despidos y los honorarios a profesionales.

Corte Suprema de Justicia de la Nación.

BUENOS AIRES.- En medio de la cuarentena, la Corte Suprema de Justicia dictó la Acordada 9/2020 por la cual se dispone habilitar la feria para que se ordenen, a través del sistema informático, las libranzas “que sean exclusivamente de manera electrónica de los pagos por alimentos, por indemnización por despido, por accidentes de trabajo, por accidentes de tránsito y por honorarios profesionales de todos los procesos”.
El portal Diariojudicial.com consigna que los jueces reconocieron que resultaba imperioso “adoptar medidas complementarias rápidas y eficaces a las directivas ya impartidas, para asegurar a los destinatarios de los procesos judiciales y a los abogados que intervienen en las distintas causas, ingresos que, de otro modo, perjudicarían su sustento diario en esta emergencia sanitaria”.
La condición para ello será en los supuestos de que las sumas de dinero hayan sida dados en pago y “en tanto lo permita el estado de las causas y así lo considere procedente el juez natural de forma remota”
La Corte hizo lugar a un pedido del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, que hizo la solicitud a efectos de satisfacer las necesidades de los justiciables y de los profesionales.
Los jueces reconocieron que resultaba imperioso “adoptar medidas complementarias rápidas y eficaces a las directivas ya impartidas, para asegurar a los destinatarios de los procesos judiciales y a los abogados que intervienen en las distintas causas, ingresos que, de otro modo, perjudicarían su sustento diario en esta emergencia sanitaria”.
Así, atento la situación de emergencia y el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Gobierno nacional; el Máximo Tribunal de Justicia decidió que todos los juzgados con competencia nacional y federal hagan lo propio.
Para llevar adelante a cabo esa tarea, la Corte encomendó a las autoridades de superintendencia de esos tribunales que arbitren los medios para que cada juez pueda atender los pedidos de esas libranzas de manera remota “a los fines de priorizar las medidas sanitarias adoptadas” ante la emergencia.
Del mismo modo, la Acordada exhorta al Banco de la Nación Argentina la adecuación de su sistema informático a fin de que se puedan generar esos pagos electrónicos derivados de los procesos judiciales, en cuanto no estén implementados.