La Legislatura comenzará a tratar hoy un proyecto de ley para corregir la falta de legislación respecto a los permisos necesarios para instalar artefactos que puedan controlar los movimientos en el espacio aéreo sobre el territorio fueguino, como el ya instalado por Leo Labs Argentina. La iniciativa fue presentada por el Partido Verde.
USHUAIA.- Durante la última sesión legislativa el bloque del Partido Verde incorporó un proyecto de ley que busca regular la autorización para la instalación de radares, sondas y balizas en el territorio provincial. El tema, que cobró relevancia a raíz del caso de la instalación del radar en la estancia El Relincho de Tolhuin, concita la atención del Parlamento fueguino.
Hoy está previsto que la Comisión de Recursos Naturales, Ambiente, Transporte, Energía y Combustibles Nº 3 comience a darle tratamiento a este proyecto, en una reunión prevista para las 11:00 en el marco de un temario más amplio.
El proyecto de ley que lleva la firma de la legisladora María Victoria Vuoto se refiere a la documentación que se debería exigir en el futuro para la autorización e instalación de radares, sondas, balizas y cualquier otro instrumento activo que, de alguna manera, pueda efectuar el control de los movimientos aéreos en el espacio aéreo de jurisdicción nacional que corresponda a Tierra del Fuego, AIAS.
De acuerdo a la iniciativa, la autoridad de aplicación de esta norma es el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
El proyecto establece que la instalación de estos instrumentos que reciban o emitan información en cualquier tipo de frecuencia, por internet o redes de comunicación y que puedan efectuar el control de movimientos en el espacio aéreo nacional que corresponda a la provincia, deberá tener la autorización de la autoridad de aplicación de la presente ley quien para ello deberá requerir determinada documentación.
En primer lugar los interesados deberán contar previamente con la aprobación por resolución por parte del Ministerio de Defensa de la Nación argentino del organismo o empresa propietaria del instrumento, la instalación del mismo incluido el lugar físico y a lo que a la seguridad nacional corresponda.
También se le exigirá la aprobación por resolución por parte de la Secretaría de Innovación Pública perteneciente a la Jefatura de Gabinete de ministros del Poder Ejecutivo Nacional o el organismo que un futuro lo reemplace, de las características técnicas del instrumento, la transmisión de datos, el uso de información obtenida y a lo que la Ley Nacional 27078 Argentina Digital disponga.
Por último, también se le exigirá a los interesados, un convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo provincial con el organismo o empresa responsable del instrumento, el cual deberá estar aprobado por la Legislatura provincial.
No obstante, se deja establecido que los requisitos anteriores no serán exigidos cuando se trate de instalaciones impulsadas por las Fuerzas Armadas Argentinas y las Fuerzas de Seguridad Nacional
Lo más curioso es el último párrafo que establece textualmente: “Prohíbase la instalación en el territorio provincial de instrumentos descriptos en el art. 3 de la presente ley cuando sus propietarios sean proyectos de investigación, empresas y/o accionistas de origen británico, usurpador de parte del territorio de la provincia de Tierra del Fuego, AIAS”.