La Comunidad Indígena Rafaela Ishton volvió a expresar su repudio contra la instalación del radar de LeoLabs en la estancia El Relincho y comparó la facilidad con que la empresa de capitales británicos logró instalarse en la provincia a diferencia de los obstáculos que el Gobierno les impone a ellos para poder trabajar dentro de su territorio comunitario.
TOLHUIN.- Desde el comienzo de la pandemia los selk´nam vienen denunciando que el Gobierno les niega los permisos para poder usar los recursos naturales dentro de su territorio, situación por la cual presentaron un amparo en la justicia fueguina hace casi un año el cual, paradójicamente, aún no está resuelto.
“Desde hace unos años, gracias a que el bosque se convirtió en una gran fuente de recursos tanto para políticos como estancieros, el Estado comenzó a perseguirnos para que cedamos nuestros derechos sobre los recursos naturales que están en el territorio que nos pertenece.
Por esa razón nos exigen pedirles permiso para pescar en nuestros ríos, para sacar leña, para juntar plantas que usamos para nuestras costumbres ancestrales, para andar recorriendo nuestro territorio. Todo bajo pena de ser multados o encarcelados. Como en los viejos tiempos.
Sin embargo, no parece tan difícil para una empresa extranjera plantar una antena en un campo privado, que no se sabe de quién es y que le pongan luz e internet para que puedan robar información sobre el espacio aéreo argentino. Todo, sin avisar al Ministerio de Defensa ni a la Cancillería”, expresaron en las redes sociales.
“Tampoco parece difícil para los poderosos meter vacas que “no son de nadie” en la Reserva Río Valdez y otros lugares cercanos para poder hacer negocios personales. El problema somos siempre los indios”, se quejaron.
Por último, recordaron que “nuestra comunidad indígena no está obligada a pedir permiso para tomar productos de la naturaleza para su sustento porque tanto la reserva Río Valdez como toda la zona que rodea nuestro territorio comunitario es un área de posesión tradicional selk´nam. El mencionado derecho está reconocido y protegido por el Convenio 169 de la OIT y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.