RIO GRANDE.- Se trata de los partidos políticos en formación en la Provincia bajo la siguiente denominación: “Tercera Posición”; “Encuentro Solidario Independiente”; “Generación para un Encuentro Nacional”; “Espacio Democrático para la Victoria”.
Todos solicitan su inscripción para participar en las elecciones provinciales y municipales. Con esto, se estima que serán múltiples las candidaturas a concejales y legisladores.
Mediante edicto publicado en el Boletín Oficial, se hace saber de la conformación de estas cuatro nuevas fuerzas políticas a los partidos políticos conformados en la Provincia, cuyos apoderados pueden presentar alguna observación a la conformación de los mismos.
Los partidos en formación deben cumplir con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Electoral 470, que refiere que el nombre del partido político “deberá ser adoptado en el acto de la constitución del partido, agrupación, federación o alianza, sin perjuicio de su ulterior cambio o modificación.
No deberá contener designaciones personales ni derivados de ellas, ni provocar confusiones en materia ideológica, debiéndose distinguir razonablemente del nombre de otro partido, asociación o entidad de cualquier naturaleza ya reconocida”.
Cabe señalar que por imperio del artículo 9 de la Ley Electoral, las nuevas fuerzas políticas obtendrán reconocimiento definitivo al acreditar la afiliación de un número de electores no inferior al cuatro por mil de los electores empadronados en el registro en vigencia a la fecha de iniciación del trámite de reconocimiento, en la jurisdicción de actuación, emitido por la autoridad de aplicación.
Tranquilidad
En respuesta a las declaraciones de Luis Bechis, prosecretario Administrativo del Juzgado Electoral, respecto a posibles complicaciones por no anunciarse aún las fechas de elecciones provinciales, el jefe de Gabinete, Sergio Araque, manifestó que “lo primero que hay que dilucidar es si la palabra de Bechis es una opinión personal o es la voz oficial del Juzgado Electoral”.
“Digo esto porque, según trasciende en los medios, se hace referencia al posible cierre del padrón electoral, como algo preocupante, sin aclarar en ningún momento que ese posible cálculo es el plazo de 120 días legalmente previsto en la Ley 201 en el artículo 19”, explicó.
Finalmente, el funcionario afirmó que “hay que transmitir tranquilidad y aclarar a los votantes de Tierra del Fuego que los plazos del Juzgado no impiden que se realicen reclamos por subsanación de errores e incorporaciones al padrón provisorio, hasta 45 días antes de la elección tal cual lo prevé la citada norma”.