Defensa del impuesto Inmobiliario

El Secretario de Finanzas se refirió a las consecuencias de la privación de la percepción del impuesto Inmobiliario. Desde el Municipio se aguarda la convocatoria del Gobierno provincial para encontrar una solución a este perjuicio económico.

RIO GRANDE.- El secretario de Finanzas del Municipio, Diego López, hizo referencia a las consecuencias que causará a las arcas municipales la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de confirmar la sentencia del Superior Tribunal de Justicia que avala los efectos de la ley provincial que faculta al Gobierno el cobro del impuesto Inmobiliario, quitando esa potestad a las Municipalidades.

Diego López sostuvo que «el impuesto Inmobiliario históricamente forma parte de la estructura de recursos del Municipio. Son 1000 millones de pesos que hoy es la fuente de las principales prestaciones que brinda el Estado municipal a los riograndenses».

Destacó que «representa casi un 40% de la política sanitaria y de asistencia social, además de un significativo porcentaje del financiamiento del plan de obras”.

López advirtió que esta situación avecina mayores complejidades dado que, en el contexto macroeconómico que vive el país, “redunda en menor percepción de recursos a partir de los impuestos Inmobiliarios”.

Finalmente, el Secretario de Finanzas destacó el mensaje del gobernador Gustavo Melella quien sostuvo que “los Municipios no perderán recursos”. En este sentido remarcó que «aguardamos la convocatoria de esta semana para plantear formalmente nuestra posición y posibles soluciones a este perjuicio fiscal para todos los vecinos y vecinas de la ciudad”.

La privación de la percepción de los impuestos Inmobiliarios por parte de los Municipios fue establecido mediante ley en el 2016 por la Legislatura provincial, la que fue cuestionada por los intendentes que presentaron una demanda ante el Superior Tribunal de Justicia, la que avaló los efectos de esa normativa.

La Corte rechazó el recurso de queja presentado años atrás por los municipios contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia que reconoció validez la pretensión del Estado provincial de retomar la atribución para la determinación y percepción del impuesto Inmobiliario, tanto urbano como rural, con los alcances previstos en la Ley 1075.

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