El proyecto consensuado en la Cámara de Diputados fue votado por 227. Delega en la Agencia Nacional de Discapacidad los lineamientos para su implementación.
Tras un largo reclamo de organizaciones de personas con discapacidad, la Cámara baja aprobó en la sesión de este miércoles un proyecto consensuado que flexibiliza la renovación del Certificado Único de Discapacidad (CUD), uno de los trámites definidos como de los más engorrosos, sobre todo para quienes lo necesitan de manera permanente.
De acuerdo a la iniciativa, votada por 227 votos afirmativos, el CUD “establecido en la Ley 22.431, o la que en un futuro la reemplace, sus modificatorias y complementarias, se expedirá con o sin fecha de vencimiento”.
La Agencia Nacional de Discapacidad será la encargada de la actualización del CUD conforme la concepción dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Dicha actualización deberá implementar la flexibilización de los requisitos para su otorgamiento, establece el proyecto.
A su vez, la ANDIS tendrá que “definir las condiciones y lineamientos” para la implementación de la norma, “incluyendo el fortalecimiento de las juntas evaluadoras de las personas con discapacidad”, y teniendo en cuenta recomendaciones que realice el Consejo Federal de Discapacidad.
Un aspecto a destacar es que se indica que “la persona beneficiaria podrá solicitar la actualización del CUD en cualquier momento de acuerdo”.
El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley a los 90 días desde su promulgación, al tiempo que se invita a las provincias y la Ciudad de Buenos Aires a adecuar su legislación.
El debate
Como miembro informante abrió el debate el titular del interbloque Provincias Unidas y titular de la Comisión de Discapacidad, Luis Di Giacomo (Juntos Somos Rio Negro) explicó que el proyecto viene a modificar la Ley 22.431 específicamente en lo que hace al CUD, puntualmente en una de sus frases que establece que “se expedirá con o sin fecha de vencimiento”, ya que de esta manera “se quita la carga de tramitar el certificado en aquellos casos permanentes e irreversibles en los cuales, muchas veces pasa que la fecha de vencimiento o la falta de otorgamiento en tiempo y forma por distintas circunstancias como la pandemia, hace que se hayan vencido e hizo que hayan tenido dificultades quienes querían recibir determinadas prestaciones y no podían”.
“En estas consideraciones es que estamos haciendo en el artículo 2 se establece que la Agencia es la encargada de la actualización, y acá aparece un término que nos parece importante, que tiene que ver con la concepción dinámica de la discapacidad que la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad ha permitido como algo superador a un simple concepto de diagnóstico biológico, médico, físico para pasar a considerar todas las dinámicas del individuo desde el punto de vista de su funcionamiento social, de su capacidad de relación, de su capacidad de afrontar o no las actividades de las vidas diarios donde el diagnóstico es solamente un elemento más”, explayó al respecto.
Además, Di Giacomo sostuvo que dicha actualización fue remarcada y, la misma, debe contar con “la flexibilización de los requisitos para el otorgamiento”, algo que fue reclamado por las organizaciones porque “son una lista larga de requisitos que había que solicitar, certificados médicos, estudios de laboratorio, de imágenes, que en muchos casos eran repetitivos que ya habían sido diagnosticadas en toras ocasiones”.
“Es importante señalar que el CUD se le otorga, y esto es importante aclararlo porque hemos visto en los medios algunas confusiones con lo que significa la incapacidad laboral que nada tiene que ver con la discapacidad, son dos conceptos completamente diferentes con consecuencias diferentes para los individuos. En el caso de la discapacidad, se supone que la persona tiene una alteración funcional, que puede ser transitoria o permanente, que es física o no, que puede ser prolongada, y que implica desventajas considerables”, explicó el rionegrino.
En ese sentido, precisó que el Certificado Único de Discapacidad “es el que le permite acceder a la atención, a los recursos tanto al área de salud como otros, un tratamiento integral sin importar su condición económica, social o cultural. Con coberturas que son del 100% y que implican acceso a la salud, a la asistencia social, a la educación, a la seguridad social y a la accesibilidad en los medios físicos con los que deben confrontar tanto en la vía pública como edificios”.
“El CUD es un instrumento público, personal e intransferible como el documento de identidad, y su validez es para todo el territorio nacional”, precisó Di Giacomo y sumó que “también provee la posibilidad del acceso gratuito al transporte público nacional tanto para el beneficiario como para el acompañante. También le permite, en caso de que tenga su propia movilidad, acceder al libre tránsito y estacionamiento, así como situaciones particulares de asignaciones”.
Por último, remarcó que es una modificación “necesaria” a la Ley de Discapacidad porque “ya tiene sus años”, y precisó que es una Ley que “hay que modificarla”.