El Juzgado Correccional de Río Grande, mediante el instituto de Omisión de Debate, condenó a un hombre a la pena de 2 años y 4 meses de prisión por agredir a una mujer que era su pareja. En otro caso, un hombre fue condenado a cumplir una pena de 7 meses de prisión en suspenso por amenazas reiteradas.
RÍO GRANDE. – El juez del Juzgado Correccional en esta ciudad, Pedro Fernández, el pasado viernes y mediante el instituto de Omisión de Debate, condenó a un hombre a cumplir la pena de 2 años y 4 meses de prisión de cumplimiento efectivo, con unificación con una pena anterior, por agredir física y verbalmente a quien fuera su pareja en el año 2020. También la amenazó mediante mensajes de texto en reiteradas oportunidades.
La condena fue de 9 meses de prisión efectiva, pero en virtud de que ya tenía una condena anterior en suspenso por lesiones leves, amenazas y hurto, el juez decidió unificar la pena en 2 años y 4 meses de prisión efectiva.
En la Omisión de Debate, el Ministerio Público Fiscal fue representado por el Fiscal Mayor, Martín Bramati, y la defensa del acusado fue llevada a cabo por el Defensor Oficial, Alejandro Naccarato.
En otro caso, el juez Fernández también resolvió que un hombre sea condenado a una pena de 7 meses de prisión en suspenso por amenazas reiteradas.
El imputado fue condenado por haber amenazado a su expareja en reiteradas ocasiones, solicitándole retomar la relación de pareja que tenían anteriormente. Ante la negativa, el hombre adoptó actitudes agresivas y denigrantes, llegando incluso a amenazarla con quitarse la vida y/o dañarla, mediante mensajes de texto y llamadas telefónicas. También la amenazó con publicar contenido privado en las redes sociales imágenes y videos.
El condenado deberá cumplir con una serie de reglas de conducta por el término de 2 años, que incluyen la restricción de acercamiento hacia la víctima y su familia, y además deberá someterse a un tratamiento psicológico.
En ambos casos, el titular del juzgado resolvió que la Subsecretaría de Políticas de Género del Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia, tome conocimiento de la sentencia a efectos de implementar un dispositivo de orientación y contención para la damnificada.
En este caso el Ministerio Público Fiscal también fue representado por el Fiscal Mayor Martín Bramati, y la defensa del acusado fue llevada a cabo por el Defensor particular, Hernán Bazán Güemes.
Cabe indicar que la Omisión de Debate tiene como objeto dinamizar los tiempos en la resolución de las causas y resulta viable cuando el Fiscal estima que no corresponde aplicar una pena superior a 3 años. Ello implica el dictado de una sentencia con las pruebas incorporadas al expediente sin realización de un juicio oral y público. No obstante para su implementación es necesaria la aceptación de las partes.