El fiscal De Luca desestimó la denuncia de Nisman

BUENOS AIRES (NA) – El fiscal ante la Cámara Nacional de Casación Penal, Javier de Luca, rechazó ayer avanzar con la denuncia que había hecho su par fallecido Alberto Nisman contra el Gobierno sobre supuesto encubrimiento de Irán en el atentado a la AMIA, al considerar que “no se logra encontrar delito alguno a averiguar y demostrar”.

“En esta causa, por más que se recorran todas sus hipótesis una y otra vez, de la denuncia, del requerimiento de instrucción, de la apelación y del recurso de casación, no se logra encontrar delito alguno a averiguar y demostrar”, sostuvo el fiscal en uno de los pasajes de su fallo, de 27 fojas.

La acusación de Nisman había sido rechazada en primera instancia y luego por la Cámara Federal, pero el fiscal de segunda instancia Germán Moldes pidió insistir ante Casación.

La denuncia recayó en manos de De Luca, quien ahora en su dictamen recomendó desestimarla. “Desisto fundadamente del recurso interpuesto por el colega que me antecediera en la etapa”, afirmó en su resolución, al referirse al pedido de Moldes, quien la semana pasada intentó sin éxito saltear su intervención, al cuestionar la pertenencia de De Luca al espacio Justicia Legítima, alineado con el Gobierno.

En su dictamen, el fiscal realizó un repaso de los fallos precedentes y realizó consideraciones específicas suyas sobre la denuncia de Nisman, sobre las supuestas negociaciones para la firma del Memorándum de Entendimiento firmado entre los gobiernos argentino e iraní y sobre este mismo tratado internacional.

Afirmó que “esas negociaciones o gestiones” denunciadas por Nisman “no constituyen delito en la Argentina, porque no está previsto el delito de conspiración o complot o confabulación para el encubrimiento”.

“Si se reciben denuncias del tipo ´en la casa de al lado se trafican estupefacientes´, o que ´Fulano mató a Mengano´, o de un robo de unas 25 carteras, etcétera, debemos investigarlas porque se parte de la base de que traficar estupefacientes, matar a otro, o robar, son delitos. Pero si la denuncia consiste en tratar de probar si Fulano es infiel a su mujer porque tiene manceba, esa investigación está vedada porque el adulterio no es más delito en la Argentina (exartículo 118 CP)”, ejemplificó.

Sostuvo que “está vedado por la Constitución iniciar y mantener una acción penal para determinar si hubo un delito, cuando a simple vista la conducta no constituye delito alguno”.

Respecto del Memorándum, señaló que “la firma de un Tratado Internacional entre dos potencias soberanas nunca puede ser la base fáctica ni jurídica de un delito y, las motivaciones o móviles o ultraintenciones que pudieran tener los distintos actores que intervinieron en las negociaciones previas, redacción y sanción, aprobación o ratificación, tampoco”.

“Su acierto, conveniencia o error no es asunto que incumba al Poder Judicial, porque son cuestiones políticas, no justiciables. Pues lo contrario implicaría menoscabar las funciones que corresponden a otros poderes”, distinguió De Luca.

También señaló que “sostener que la firma de un tratado constituye un plan criminal es un absurdo desde el punto de vista jurídico” y que “si la firma de este acuerdo pudiera ser entendida (con cierto esfuerzo e imaginación) como una ayuda material a los prófugos de la Causa AMIA esa acción igualmente no constituiría delito porque recaería dentro de la competencia constitucional no justiciable del Ejecutivo y del Legislativo”.

Dijo que “la conformación de una Comisión de la Verdad y la notificación a Interpol de la celebración del acuerdo internacional están escritas en el mismo acuerdo, totalmente a la vista, y fueron ratificados por el Congreso de la Nación”.