Mediante el decreto 417/2022 publicado en el Boletín Oficial y que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, se promulgó este jueves la Ley Nacional de Cuidados Paliativos que busca asegurar el acceso de los pacientes que sufren este tipo de enfermedades a las prestaciones integrales en sus distintas modalidades, en el ámbito público, privado y de la seguridad social, junto al acompañamiento de las familias.
BUENOS AIRES.- La norma, sancionada el pasado 5 de julio por el Congreso de la Nación, tiene como uno de sus objetivos principales desarrollar una estrategia de atención interdisciplinaria centrada en la persona, que atienda a las necesidades físicas, psíquicas, sociales y espirituales de los pacientes que padecen enfermedades amenazantes y/o limitantes para la vida.
A su vez, busca promover el acceso a las terapias disponibles para la atención paliativa, tanto farmacológicas como no farmacológicas, que estén basadas en evidencia científica. Además, promueve la formación profesional de grado y posgrado, la educación continua y la investigación en este tipo de cuidados.
La Ley 27.678 define a los cuidados paliativos como “un modelo de atención que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades que amenazan o limitan la vida”. Es decir, aquellas enfermedades donde existe riesgo de muerte o son “graves, crónicas complejas, progresivas o avanzadas que afectan significativamente la calidad de vida de quien las padece y la de su familia”.
La iniciativa se sustenta en un primer lugar en el respeto por la vida y bienestar de las personas; pero también en la equidad en el acceso oportuno de las prestaciones y en el respeto a la dignidad y autonomía del paciente en las decisiones sobre sus tratamientos y los cuidados que debe recibir a lo largo de su enfermedad.
Por otro lado, la norma remarca que las obras sociales y todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados deberán “brindar cobertura en cuidados paliativos a las personas que lo necesiten, incluyendo como mínimo las prestaciones que determina la Autoridad de Aplicación”.
En ese sentido, su abordaje involucra la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, evaluación y tratamiento del dolor y otros problemas físicos, psicológicos, sociales y espirituales. Además, quien realice el acompañamiento al paciente, ya sea familiar, amigo o alguien cercano, tiene derecho a recibir información “completa, detallada y con lenguaje accesible” acerca del estado de salud, tratamiento y equipamiento que interviene en el procedimiento médico.
La normativa dispone también promover la conformación de equipos de trabajo interdisciplinario y multidisciplinario para el área de cuidados paliativos en todos los subsectores de salud. A la vez, propicia el acceso a medicamentos esenciales en cuidados paliativos, especialmente a los analgésicos en distintas formulaciones.
La reglamentación
El viernes, la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, encabezó un encuentro con representantes de distintas áreas técnicas de la cartera sanitaria nacional, donde se celebró la reciente promulgación de la Ley Nacional de Cuidados Paliativos y se abordó un plan de trabajo para avanzar en la reglamentación.
“Nos parece realmente importante visibilizar la promulgación de esta ley”, afirmó la jefa de la cartera sanitaria nacional al inicio de la reunión, a la vez que felicitó al equipo y a las distintas áreas del Ministerio de Salud de la Nación por el trabajo en conjunto realizado junto al Poder Legislativo para lograr la sanción de la Ley 27.678. “Ahora tenemos por delante un trabajo intenso y por eso queríamos escuchar un poco la mirada de cada uno de ustedes para conformar una mesa de trabajo”, agregó.