RIO GRANDE.- El juez que entiende en la causa en el marco de la cual está detenido Daniel Alexis Jaime de 23 años, el Dr. Daniel Cesari Hernández; volvió a recorrer ayer el establecimiento siniestrado acompañado de autoridades del ministerio de Obras Públicas.
Allí finalmente el personal técnico le hizo saber la posibilidad de reabrir parcialmente el establecimiento en los sectores donde no llegó el fuego, sobre todo el ala izquierda del establecimiento.
Ante ello, el juez autorizó entregar esa parte para que “en un corto plazo sea refaccionado y puesto en funcionamiento”, refirió uno de los funcionarios de Obras Públicas.
Finalmente Cesari confirmó ayer también la convocatoria a prestar declaración testimonial al director de la escuela 26, el profesor Marcelo Quinteros, quien en declaraciones públicas había señalado la posible implicación del sector gremial en este siniestro intencional.
“Lo importante es lo que diga en el marco del expediente”, destacó Cesari, quien lo citó ayer a primera hora de la tarde, donde el directivo solo refirió que fue una apreciación personal sin ningún elemento probatorio para aportar en ese sentido.
Consultado sobre la cantidad de años a la que se expone una persona por este tipo de delito, el juez respondió que “la tipificación actual que es de daño agravado en razón de la condición de bien de la propiedad del Estado, es de cuatro años de prisión”.
“Es lo que establece la Ley, yo no soy juez de sentencia, soy juez de investigación, la condena eventual la dispondrá el juicio oral si la causa llega a juicio, entiendo la indignación y el dolor de la gente.Soy docente hace 20 años y entiendo porqué a todos nos duele lo que sucedió en la escuela, pero eso lo mantengo al margen, soy un juez y me tengo que limitar a lo que surge de la causa”, expresó y añadió que “el Código establece este tipo de penalidades y las leyes pueden ir mutando pero ese le corresponde a los legisladores nacionales, eventualmente considerar este tipo de delitos merecen alguna modificación, por el momento la pena que prevé el artículo 184 inciso 5 son cuatro años de prisión”.