El Polo Productivo tiene los fondos asegurados

El Gobierno provincial destinó recursos en el presupuesto del presente año para expropiar tierras en la Margen Sur que serán destinadas a la producción de alimentos frescos.

RIO GRANDE.- A un año de la sanción de la ley 1287 que declaró de utilidad pública varios inmuebles para el desarrollo de un polo productivo, el gobierno provincial incorporó al presupuesto del presente año, una partida para la expropiación de esas tierras.

Según el artículo 20 de la ley 1333 de Presupuesto 2021, la provincia destinará 124 millones 611 mil pesos para aplicar a la ley 1287, sancionada el 29 de noviembre de 2019, que declaró de utilidad pública y sujetos a expropiación las parcelas y macizos donde se ubican las chacras.

Esta ley tiene por objeto el desarrollo de un polo productivo de pequeña escala para la agricultura familiar, producción de animales de granja y otros subproductos. A tal fin, los bienes expropiados serán cedidos a título oneroso a sus actuales ocupantes, regularizándose la posesión y la tenencia mediante el otorgamiento de los respectivos títulos y el precio de dichas transferencias deberá garantizar el recupero de los fondos invertidos por el Estado en la indemnización de las expropiaciones.

Una vez expropiados, los inmuebles serán transferidos al Instituto Provincial de Vivienda (IPV) quien tendrá a su cargo realizar las mensuras, subdivisión y fraccionamiento que se requiera e implementar procesos técnicos y administrativos que garanticen su destino.

La ley establece que “el proyecto de subdivisión, mensura y deslinde deberá contemplar, en la medida de lo posible, la subdivisión determinada por las ocupaciones existentes” y que “las chacras resultantes deberán tener una dimensión mínima de dos mil quinientos metros cuadrados y una dimensión máxima de diez mil metros cuadrados”.

Una Comisión de Chacras integrada por 12 miembros, será autoridad de aplicación de esta ley, y la encargada de relevar, controlar, gestionar, administrar en lo referente al uso que reciban las tierras.

Los destinatarios de las cesiones son los ocupantes titulares de emprendimientos o proyectos productivos enmarcados en el objeto de esta ley que, resultando del censo a practicarse en el sector. El mismo, se basará en el relevamiento efectuado por la Secretaria de Agroindustria y Pesca, que oportunamente relevó 347 chacras, de las cuales 182 se encuentran improductivas, 47 en estado de abandono y 165 con producción (avícola, porcina, hortícola), cumplan las demás condiciones legales y reglamentarias aplicables.

Los destinatarios de las parcelas, así como sus sucesores quedan obligados a mantener el perfil productivo del sector, quedándoles prohibido ceder, transferir o arrendar la tierra.

La ley establece que no podrán ser destinatarios, quienes sean titulares de otros emprendimientos productivos o comerciales y/o propietarios de más de un bien inmueble en la Provincia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *