El senador Julio Catalán Magni reflotó el proyecto para impedir el consumo de alcohol al conducir. La iniciativa presentada el parlamentario propone la prohibición de “conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre”.
USHUAIA.- El senador Julio Catalán Magni reflotó el proyecto para impedir que se pueda “conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre”.
Esta iniciativa había sido presentada hace unos años “en conjunto con la línea de trabajo que venía realizando Florencio Randazzo desde el Ministerio del Interior. Pero en ese entonces encontramos muchas trabas entre algunos pares de nuestro espacio”, aseguró el senador fueguino.
Dijo que “hoy queremos ponerlo nuevamente en la mesa tomando en cuenta lo que señaló Mauricio Macri en la apertura de sesiones. Creo que es una buena oportunidad para lograr la aprobación y dar un giro a esta problemática que es la que genera la mayor cantidad de muertes entre nuestros jóvenes. Queremos aportar un granito de arena a la apuesta que hizo el Presidente el 1 de marzo en el Congreso. Es nuestra manera de ser oposición constructiva. Elevando la vara del debate”.
Entre los fundamentos, Catalán Magni asegura que “la reciente reforma del Código Penal, plasmada en la Ley 27.347, aborda el problema desde el incremento de las penas en los casos de muerte y lesiones al volante.
Sin disminución de los méritos y oportunidad de dicha reforma y en orden a optimizar los efectos disuasivos que las sanciones penales conllevan, en mi opinión el ordenamiento en la materia debe reforzar la convicción que beber alcohol y conducir son acciones incompatibles suprimiendo especulaciones que giren en torno a qué bebida y en qué cantidad se puede consumir sin sobrepasar el nivel legal; cálculo que, a la luz de la experiencia, puede ser antagónico con la vida propia y la de terceros”.
Finalmente, Catalán Magni auguró “un debate serio sobre este tema. Creo que estamos en el momento justo para transformarlo en ley y dar un salto de calidad en la legislación referida a este flagelo”.
El texto
El proyecto tiene dos artículos. El primero habla de sustituir el artículo 48 inciso a) de la Ley 24.449 y sus modificaciones, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a CERO (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario”.
En su segundo artículo, la ley invita a “las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir” a la misma.