Fallo adverso para UNIR TDF

USHUAIA.- Las boletas de los partidos que conforman UNIR TDF no podrán estar identificadas con esa consigna, como consecuencia de la decisión del Superior Tribunal de Justicia de haber declarado mal concedido el recurso de casación interpuesto por los apoderados legales de esa coalición electoral y por lo tanto expresar su total rechazo, dejando firme la resolución dictada por la Junta Electoral.

En su recurso, las fuerzas políticas que integran el acuerdo electoral señalaron que “el nombre cuya consigna no fue admitida es patrimonio de los partidos que alcanzaron el mencionado acuerdo y su no inclusión afectaría el derecho de propiedad” y explicaron que “el nombre de que se trata lo diferencia de otras propuestas políticas y tienen derecho a insertarlo en las boletas”, subrayando además que “los acuerdos de sumatoria se aceptan por no estar prohibidos”.

La sentencia del Superior Tribunal fue aprobada con los votos de los jueces Carlos Gonzalo Sagastume y Javier Darío Muchnik. La doctora María del Carmen Battaini no lo hizo por encontrarse en uso de licencia reglamentaria.

Los fundamentos de la decisión del Superior Tribunal, indican que “si bien se hace mención al derecho de propiedad, en modo alguno los recurrentes han logrado explicar en forma clara y precisa, en dónde radicaría la afectación de la garantía constitucional señalada”.