Fondo para jubilaciones: Fue reglamentado el cobro del adicional del 3 por ciento en Ingresos Brutos

RIO GRANDE.- El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), emitió la resolución 20/2106, por la cual reglamentó el cobro de un adicional del 3 por ciento en el impuesto a los Ingresos Brutos, a algunas actividades financieras en la Provincia, con el objetivo de recaudar recursos para el “Fondo de Financiamiento para el Sistema Previsional”.

La medicina prepaga y las aseguradoras del riesgo del trabajo (ART), son algunas de las actividades que fueron alcanzadas con ese adicional, el cual se comienza a cobrar con retroactividad al primero de febrero.

En la ley provincial 1074, que puso en vigencia el nuevo Código Fiscal Unificado, se establecen que 32 actividades financieras deberán aportar un adicional del 3 por ciento en el impuesto que pagan por Ingresos Brutos y que hasta ahora pagaban el 4,5 por ciento. Lo recaudado con el cobro extra de esa carga impositiva tendrá “afectación específica al sostenimiento del sistema previsional de la provincia de Tierra del Fuego.

El adicional de la alícuota de Ingresos Brutos, alcanza a actividades tales como la intermediación financiera y otros servicios financieros; servicios de la banca mayorista, de la banca minorista, servicios de entidades financieras no bancarias. La intermediación financiera realizada por sociedad de ahorro y préstamo para la vivienda y otros inmuebles.

También se incluye a las actividades de créditos para financiar otras actividades económicas; sociedades de ahorro y préstamos; los servicios de créditos que incluye el otorgamiento de préstamos por entidades que no reciben depósitos y que están fuera del sistema bancario, y cuyo destino es financiar el consumo de la vivienda y otros bienes.

El adicional del 3 por ciento también incluye servicios de seguros de salud (incluye medicina prepaga), servicios de seguros de vida (retiro, sepelio), servicios de seguros a las personas excepto los de salud y de vida (incluye seguros por accidentes), las aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART), los servicios de administración de fondos de jubilaciones y pensiones; entre otros.

Entró en plena vigencia el cobro del adicional del 3 por ciento en Ingresos Brutos para algunas actividades.
Entró en plena vigencia el cobro del adicional del 3 por ciento en Ingresos Brutos para algunas actividades.