La emergencia ambiental rige hasta el 30 de junio de 2023. Se autoriza a adoptar un crédito por 2.000 millones de pesos para financiar contrataciones de bienes de uso, servicios no personales y bienes de consumo. Queda prohibido hacer fuego en toda la provincia hasta el 30 de junio de 2024.
USHUAIA.- El jueves, a pocos minutos de la sanción por parte de la Legislatura, fue promulgada la Ley Provincial 1457 que declara la Emergencia Ambiental por Incendios Forestales en todo el territorio de la provincia hasta el 30 de junio de 2023.
La ley fue promulgada mediante el dictado del Decreto 3313/22, firmado por el gobernador Gustavo Melella y la ministra de Obras Públicas, Gabriela Castillo. La misma fue publicada por “Separata” en el Boletín Oficial de este jueves 7 de diciembre.
La emergencia de declarar es “con el fin de adoptar las medidas que resulten necesarias para propiciar y atender con carácter inminente la supresión y combate de incendios, la restauración de las zonas afectadas y la prevención de nuevos focos, como así también preservar el ecosistema, las zonas productivas, la salud y la seguridad de la población, mitigar los daños ambientales y patrimoniales, producto de los mismos”.
La ley autoriza al Ejecutivo provincial a utilizar los recursos derivados del resultado por la venta de activos vinculados con los recursos obtenidos por la aplicación del artículo 12 de la Ley Provincial 1132 (créditos en dólares), hasta un monto de 2.000 millones de pesos para financiar contrataciones de bienes de uso, servicios no personales, bienes de consumo relacionados con la emergencia por incendios forestales, que sean necesarios.
Además autoriza al Ejecutivo a realizar todas las contrataciones de servicios, adquisición de bienes y adoptar todas las medidas urgentes para contrarrestar los incendios forestales, preservar el ecosistema, las zonas productivas, la salud y la seguridad de la población, como así también mitigar los daños ambientales y patrimoniales, producto de los mismos.
En otro articulado se establece que los procedimientos vinculados a las contrataciones de bienes de uso, servicios no personales, bienes de consumo que deban realizarse serán tramitados por vía de excepción de “emergencia”. Las contrataciones a realizarse tendrán control previo por parte de las Unidades de Auditoría de los Ministerios involucrados y control posterior del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Fuego prohibido
Se declara la prohibición de hacer o producir cualquier clase de fuego en lugares agrestes en todo el ámbito de la provincia hasta el 30 de junio de 2024.
El Poder Ejecutivo profundizará medidas de prevención con campañas de concientización, información, sensibilización para prevenir quemas e incendios forestales a través de medios públicos, redes sociales y mediante el trabajo territorial en cada uno de los ingresos a las ciudades.
Se invita a los Municipios a adherir a la ley extendiendo la prohibición de hacer o producir cualquier clase de fuego a sus zonas agrestes, de acampe y camping organizados, extremando las medidas de prevención y vigilancia contra incendios, prestando la colaboración necesaria para cumplimentar lo dispuesto en la ley de emergencia.