Gobierno revocó una norma que limitaba las vacantes de planta política

El Ministerio de Finanzas Públicas revocó una resolución que establecía un límite sobre las vacantes destinadas a la ocupación de cargos de planta de gabinete y de autoridades superiores de Gobierno.

USHUAIA.- La norma había sido dictada durante el gobierno de Fabiana Ríos y 9 años después, el Ministerio decidió eliminarla tras demostrar que la limitación establecida, era ilegítima.

Todo comenzó con una consulta de la Secretaría de Planificación Presupuestaria que cuestionó la legitimidad de la resolución 664/12. La norma establecía un límite porcentual sobre el total de vacantes destinadas a la ocupación de cargos de la planta de gabinete y autoridades superiores de gobierno en el marco de la ley provincial 841 de aprobación del presupuesto 2011.

En la resolución 521/21 del 25 de junio  que lleva la firma del ministro de Finanzas Guillermo Fernández y que fuera publicada la semana pasada en el Boletín Oficial, se explica que el objeto de aquella norma dispuesta en 2012 “resulta de carácter reglamentario en tanto se trata de un acto que integra el ordenamiento jurídico, perdurable en el tiempo y dictado para situación de hecho indeterminadas y repetibles, que ha sido dictado bajo la finalidad de complementar las leyes dictadas por la legislatura, de modo de posibilitar su aplicación o ejecución, previendo detalles omitidos por aquellas regulaciones que solo puede añadir el poder ejecutivo en orden al esfuerzo por hacer efectiva la normativa sancionada por el órgano competente”.

No obstante detalla que “la ley provincial 841 no hizo alusión alguna respecto a establecer un límite a la cantidad de vacantes que correspondía destinar a ser ocupada por personal de planta política, como tampoco su modificatoria Ley 843” y que “una limitación del tenor aludido precedentemente únicamente hubiese sido posible ser dispuesta por vía de reglamentación del titular del Poder Ejecutivo”.

Fernández expresa que “no se verifica que exista delegación expresa del órgano legislador en cabeza entonces del Ministerio de Economía en orden a determinar una limitación a la asignación de vacantes con destino a la ocupación de los cargos correspondientes a la planta de personal de Gabinete o Autoridades Superiores de Gobierno”.

“La competencia se revela como un elemento de carácter esencial del acto administrativo en los términos de lo dispuesto por el artículo 99 de la ley provincial 141 cuya ausencia torna a la medida nula de nulidad absoluta” y “corresponde ser revocado en propia sede administrativa, aun si hubiera generado derechos subjetivos que se estén cumpliendo, cualquiera fuera el tiempo transcurrido desde su dictado, sin necesidad de promover la acción de lesividad”.

Por otra parte se agrega que el servicio jurídico permanente de gobierno se expidió sobre el particular, recomendando la revocación.

Cabe recordar que, el 21 de diciembre de 2010, al aprobar el presupuesto 2011, la Legislatura  autorizó a transferir y/o suprimir vacantes de la planta de personal “con la única limitación de no incrementar el número total de cargos. El Poder Ejecutivo podrá reubicar personal permanente en las distintas reparticiones de los organismos descentralizados cuando los mismos cuenten con el debido respaldo presupuestario en forma previa a la designación o reubicación del agente”.

Además, impuso que El Poder Ejecutivo “podrá reestructurar los créditos del inciso Personal según surja de su distribución en función de la recomposición de los salarios, aportes y contribuciones del personal de la Administración central y organismos descentralizados. Las mayores asignaciones presupuestarias que deriven de estos ajustes, deberán estar compensadas por la disminución de los gastos corrientes o de capital, o bien a través del incremento de los recursos, este último con autorización legislativa, de manera de garantizar el principio de equilibrio presupuestario de cada organismo. Dicha atribución sólo podrá estar delegada al Ministerio de Economía y deberá contar con la debida autorización legislativa, para el caso que corresponda.

La ley de presupuesto 2011, fue vetada por Fabiana Ríos mediante decreto provincial 3156/10 e insistida por la Legislatura el 17 de marzo de 2011, con lo que quedó registrada bajo el número 841 y promulgada de hecho el 13 de abril de 2011.

Sin embargo ese mismo mes, la Legislatura modificó el presupuesto mediante Ley 843, quitándole la obligación de solicitar autorización al Poder Legislativo para realizar modificaciones a las partidas de personal.

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