La Corte declaró su competencia en una causa sobre quema de pastizales

BUENOS AIRES (Diario judicial).- En la misma semana que se declaró la emergencia ígnea en todo el
país, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió su competencia originaria para entender en una
causa por la quema de pastizales en el Delta del Paraná.


Un grupo de niños y niñas vecinos de la ciudad de Rosario representados por sus padres y dos entidades
ambientalistas presentaron una acción de amparo ambiental colectivo a raíz de las quemas e incendios que
hubo en los últimos seis meses en las Islas de Victoria.


La acción fue dirigida contra la provincia de Entre Ríos y el Municipio de Victoria “por las omisiones e
incumplimientos en relación al deber de preservar la integridad de los humedales del Delta del Paraná”, que se evidencian en los más de tres mil focos ígneos producidos a raíz de la quema indiscriminada de
pastizales, y contra la provincia de Santa Fe y de Buenos Aires “en virtud del Principio de Cooperación
en relación al tratamiento conjunto de la mitigación y emergencias ambientales de efectos
transfronterizos”.


En el caso, la Procuración General de la Nación dictaminó favor de la competencia originaria de la Corte,
por ser parte tres provincias en una causa de “manifiesto contenido federal” y de un “supuesto de
problemas compartidos por más de una jurisdicción”.


Al analizar la causa, los supremos destacaron la existencia de diversos procesos de amparo colectivo
ambiental que tienen el mismo objeto y la misma causa, con pretensiones conexas, y con una relación de
continencia que determina su acumulación.


En este sentido, los jueces explicaron que la acumulación de procesos se justifica por la necesidad de
conjurar el riesgo de decisiones contradictorias y el consiguiente escándalo jurídico que originaría el
tratamiento autónomo de pretensiones que se encuentran vinculadas.


De este modo, el Máximo Tribunal declaró su competencia para conocer en esta causa por vía de su
instancia originaria prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional y, además, dispuso la
acumulación de las causas, las que «tramitarán por separado y se dictará una única sentencia».

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