La madre fue condenada a 5 años de prisión y el padrastro a la pena unificada de 13 años de cárcel

Jonathan Matías Quiroga fue el responsable de haber lesionado en reiteradas oportunidades al niño. (Foto Prensa Superior Tribunal).
Elizabeth Andrea Sáez. Como madre no tuvo el deber de cuidado a su hijo. (Foto Prensa Superior Tribunal).

 

Por ser reincidente por segunda vez ante condenas anteriores, a Jhonatan Matías Quiroga se le aplicó una pena unificada de 13 años de cárcel, al considerar el Tribunal de Juicio que fue responsable de las lesiones provocadas a su hijastro. A Elizabeth Sandra Sáez se la condenó a cumplir cinco años de prisión, de cumplimiento efectivo. El fiscal, Eduardo Urquiza, en su acusación, había solicitado 7 años de cárcel para cada uno.

 

 

USHUAIA.- La jornada procesal arrancó ayer con los alegatos después de que se desistiera de gran parte de los testigos, y tuvo al fiscal Daniel Urquiza como principal protagonista al reclamar una pena de 7 años de prisión para ambos imputados.

Por la tarde, los jueces Alejandro Pagano Zavalía, García Arpón y Bembihy Videla dieron a conocer el veredicto por el cual Jhonatan Matías Quiroga recibió la pena de 7 años de prisión al encontrarlo culpable por el delito de lesiones graves agravadas en un número indeterminado de veces; mientras Elizabeth Saez, madre del menor, recibió 5 años de prisión, por abandono de persona.

Quiroga ya tenía dos condenas judiciales, una de ellas aún vigente por 6 años y 8 meses, a la cual se le anexó todo en una pena definitiva de 13 años, declarándolo reincidente por segunda vez.

Los fundamentos del fallo se darán a conocer el próximo 5 de diciembre, quedando ambos imputados en estado de detención como llegaron al juicio.

 

 

Resolución de la condena

La parte resolutiva de la sentencia, leída por el presidente del Tribunal, indica:

-Condenando a Jonathan Matías Quiroga, a la pena de 7 años de prisión, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves calificadas por ensañamiento, reiteradas en un número indeterminado de ocasiones. Por los hechos cometidos aproximadamente desde el mes de septiembre de 2016 y hasta el 5 de marzo de 2017.

-Unificando la pena, por la ya unificada de 6 años y ocho meses de prisión impuesta por el mismo Tribunal de fecha 18 de octubre de 2017, en una causa por defraudación y la de 4 años y 2 meses de prisión, por el Juzgado Correccional del distrito sur, en la pena única de 13 años de prisión.

-Declarando a Jonathan Matías Quiroga reincidente por segunda vez.

-Condenando a Elisabeth Andrea Sáez, a la pena de 5 años de prisión por el delito de abandono de persona, doblemente agravado por el vínculo y por grave daño causado a la víctima, por los hechos ocurridos entre septiembre de 2016 y el 5 de marzo de 2017; en perjuicio de su hijo de tan sólo cinco años de edad.

 

 

La acusación fiscal

En sus alegatos, previo a conocerse el veredicto, el representante del Ministerio Público Fiscal, doctor Eduardo Urquiza, describió todas las heridas que fueron certificadas en el cuerpo del niño cuando ingresó al hospital local, luego de la denuncia que efectuara el abuelo materno ante la Policía.

Asimismo, hizo mención a la declaración testimonial de la hermana del niño de 5 años, quien en Cámara Gesell contó que había escondido el palo con el que le pegaban a su hermano para que el imputado no lo encontrara y de esa forma cesara la violencia.

“El imputado aumentó inhumanamente y de forma deliberada el sufrimiento del niño, provocándole fractura de cráneo, cefalohematoma, múltiples hematomas en cara, cabeza, espalda, muslo, abdomen, excoriaciones en tórax, entre otras lesiones; razón por la cual el niño llegó al examen médico llorando, debido al dolor”, resumió el fiscal Urquiza.

También dio cuenta del informe de la licenciada Aracena, perito del Poder Judicial, quien en el encuentro que tuvo con el niño lo notó “verborragico y tembloroso; evidentemente dolorido por las heridas que tenía en su cuerpo”, haciendo referencia como autor de ello al imputado, quien “arrojó agua caliente en los pies, golpeó con cables, cigarrillos, y palos”.

Respecto de la madre del niño, el fiscal Eduardo Urquiza afirmó en su alegato que la mujer “abandonó a su suerte” al niño, y que siendo la progenitora, tenía dominio, poder y deber para frenar esa situación de violencia y nada hizo; sino que se mostró esquiva”.

 

 

¿Beneficio de la duda?

En el turno de los defensores, el doctor Gustavo Ariznabarreta, defensor ante el Superior Tribunal, solicitó a los jueces del Tribunal que sea absuelto su defendido, considerando que se debe aplicar el “beneficio de la duda”. Para fundamentar su pedido, indicó que las pruebas de la Fiscalía no son suficientes y consideró clave que el menor víctima “no declaró en ningún momento”.

Por su parte, la defensora publica María Eugenia Díaz, representante de la madre del niño, en su alegato hizo referencia al contexto de vida de su asistida y la salud física y psicológica. “No podía vislumbrar riesgo porque ella misma estaba en riesgo” y que siempre ha sido víctima de violencia”.