Así lo aseguró la abogada Adriana Varisco al solicitar en su alegato que se aplique la pena de 19 años de prisión a Carlos Fernando Mancilla.
RÍO GRANDE.- En la etapa de alegatos del juicio oral donde se acusa a Carlos Fernando Mancilla (30 años) por delitos de pedofilia, el fiscal Jorge López Oribe solicitó al Tribunal en lo Criminal que se aplique una pena de 17 años de prisión, mientras que la querella, representada por la abogada Adriana Varisco, solicitó la pena de 19 años de prisión.
Hoy a partir de las 10:00 será el turno del alegato de la defensa del acusado, a cargo del defensor Oficial, Eduardo Tepedino.
En los fundamentos de sus alegatos, la abogada Varisco indicó que se encuentra plenamente probado que Mancilla cometió los delitos por los que fue llevado a juicio. Así surgen de los testimonios desgarradores de los padres de uno de los menores víctima y de otros testigos, como así también de lo que declaró el propio acusado en su indagatoria.
Mancilla, actualmente está detenido y durante el desarrollo del juicio, confesó que era parte de una red de pedofilia, que se dedicaba a consumir videos de pornografía infantil y se declaró culpable de abuso de un niño que estaba bajo su cuidado, en el año 2021, registrando el hecho con su teléfono celular.
Adriana Varisco también puntualizó que en la indagatoria, Carlos Fernando Mancilla demostró una conducta que da perfectamente con el perfil de quien es un pedófilo como, por ejemplo, se atribuyó el hecho cometido, es empático con el dolor, no le interesa el sufrimiento ajeno y tenía la confianza del menor que resultó víctima.
La abogada que representa a la familia de uno de los menores víctima, dijo que el hecho de haber dicho en su indagatoria que cuando fue menor, Mancilla fue abusado sexualmente, no justifica su conducta, por lo tanto no se tomó como un atenuante al momento de merituar la pena que fue solicitada a los jueces.
De esta forma, para Varisco, quedó debidamente probado que el acusado es autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por ser la víctima un menor de edad y por estar bajo su cuidado, el que concurre en forma ideal con la producción de pornografía infantil, agravado también por ser la víctima un menor de trece años, en concurso real con la tenencia de material pornográfico, el cual también está agravado por ser las víctimas menores de edad.