Manekenk pidió revisar el convenio con Cerro Alarkén S.A.

La asociación ambientalista analizó el acuerdo mediante el cual la Municipalidad cede en custodia una parcela de 72 hectáreas a la empresa privada para crear un proyecto turístico e hizo sus apreciaciones al respecto.

USHUAIA.- A través de una extensa carta abierta, la asociación Manekenk de esta ciudad, realizó una serie de observaciones sobre el convenio firmado con la empresa Cerro Alarkén S.A. para la custodia, el cuidado y conservación de 72 hectáreas de propiedad pública.

Los ambientalistas destacan que el uso de la denominación Reserva Natural implica asumir los compromisos que corresponden a un “área protegida” y recuerdan que “ni en nuestra provincia, ni en el municipio existe la figura de Áreas Protegidas del dominio privado”.

En este sentido, las observaciones giran en torno a la falta de recaudos del Estado dentro del convenio, que garanticen la protección del lugar bajo las condiciones establecidas por las leyes nacionales y provinciales.

“Por ello, entendemos que la Reserva Natural Alarkén constituye una iniciativa valiosa por parte del propietario, pero en principio, sería éste quien dispone los alcances de la denominación, que no resulta clara para el público, ya que el término “privada” no forma parte del nombre utilizado en el Convenio bajo análisis”.

“Asimismo, cabe preguntarse si la escritura del predio contiene restricciones al dominio compatibles con un área de conservación. De no ser así, el titular podría vender el predio y el comprador dar otro destino que permita la normativa municipal para el sector”, manifestaron.

En la cláusula tercera establece que Alarkén se compromete a construir en el término máximo de tres años una serie de mejoras como senderos, estacionamiento y señalización, por lo cual los ambientalistas recuerdan que “esta propuesta debe elaborarse durante la redacción del plan de manejo y de gestión, el cual, según la bibliografía debe realizarse de forma participativa”.

Además observan que “de las lecturas de las cláusulas 3 y 4 surge que el cobro de ingreso a quienes ingresen a la Reserva Hídrica Provincial Glaciar Vinciguerra y valle del río Chico, será realizado por la firma Alarkén S.A. Esto es incompatible con las normas provinciales de financiamiento de áreas protegidas”, afirmaron.

“En la cláusula quinta se establece que para mejorar la seguridad de los visitantes y del medio ambiente se instalarán antenas de telefonía. No se especifica la obligación de realizar las evaluaciones que correspondieren. La instalación de estos sistemas deben contar con el correspondiente proceso de evaluación de impacto y autorización de las áreas competentes”, indicaron.

En cuanto al texto de la cláusula séptima “no menciona ni incluye evaluación alguna ni superficie de las instalaciones donde serían resguardados y atendidos los equinos, ni en qué está basado el cálculo del número máximo de animales. Todo ello considerando que todo el área corresponde a ambiente de bosque cuya restauración debería contemplarse”.

En términos generales el control de cumplimiento de restricciones y prohibiciones en el área en custodia quedaría en manos de Alarkén S.A. pero no se brindan detalles respecto de esta cesión de atribuciones del Municipio.

En cuanto al plazo de vigencia del Convenio establecido en la cláusula décima, cabe destacar que excede largamente el plazo de diez (10) años que se considera conveniente en relación a las Reservas Privadas Naturales. El acuerdo no debería exceder de 10 años.

“En la cláusula décimo primera no se especifica como causa de extinción del Convenio la venta o cesión de predio por parte de Alarkén S.A., ni su cambio de destino comercial. Se considera que debe establecerse el porcentaje de superficie del predio de Alarkén S.A. destinado a conservación ambiental, que debería mantenerse bajo el manejo correspondiente, para el mantenimiento de la vigencia del Convenio”.

“Se observa un importante desbalance de los beneficios que el Convenio brinda al privado y los correspondientes al Municipio y la comunidad, a favor de la empresa”, concluyeron.

Propuesta

“En el caso del área en cuestión, una adecuada coordinación, planificación y gestión permitirían la protección de este predio integrante de la cuenca del Arroyo Grande, la principal fuente de agua de la ciudad de Ushuaia y principal motivo de creación de la Reserva Hídrica Provincial Glaciar Vinciguerra y arroyo Chico. Sin embargo, de la lectura del Convenio no surge que sea objetivo del proyecto la conservación y restauración del ambiente de bosque nativo”, destacaron

“Consideramos que la creación de una Reserva Natural Urbana en las tierras que el Municipio plantea dar en custodia a la empresa, ofrecería mayor seguridad a largo plazo del cumplimiento de los objetivos de conservación de la cuenca hídrica en la que se encuentran emplazadas”.

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