Martín Perez abre hoy las sesiones ordinarias del Concejo, en un clima tenso

En el medio de la polémica por ordenanzas que impactan en los recursos del Municipio el intendente Martín Perez abre hoy el período de sesiones ordinarias del Concejo Deliberante. Previamente, los concejales tratarán tres vetos presentados por el Ejecutivo.

RIO GRANDE.- Por primera vez y por decisión del Concejo Deliberante el acto de apertura de sesiones ordinarias, que está previsto para este 15 de febrero, no se realizará en una dependencia municipal y se traslada a una del Gobierno provincial, más precisamente, a la delegación del Instituto Provincial de Regulación de Apuestas (IPRA), en calle Perito Moreno.

Los concejales rechazaron así el ofrecimiento que hizo en su momento el intendente Martín Perez para realizar ese acto institucional en algunas de las dependencias municipales, en un gesto político para tratar de tener una buena relación y encauzar el diálogo.

De esta manera, el mensaje que Martín Perez brindará a la ciudadanía se realizará en un lugar ajeno al Municipio, lo que refleja un enrarecido clima político que se profundizará a partir de que hoy, previo al acto, los ediles realizarán una sesión extraordinaria para tratar el veto a tres ordenanzas que fueron sancionadas el pasado 23 de enero.

Sin posibilidad de contar con los votos necesarios ya que el oficialismo sólo tiene dos concejales: Alejandra Arce y Jhonatan Bogado; es casi cantado que los vetos no prosperarán y las ordenanzas quedarán promulgadas.

Los vetos

Mediante Decreto 251/2024 se procedió a vetar totalmente la ordenanza que dispone que durante el procedimiento para la obtención de la Licencia de Conducir no sea requisito la presentación del libre de deuda de impuestos municipales.

Concejales tratan hoy tres vetos del Ejecutivo Municipal.

En los fundamentos del decreto se indica que “el asunto modifica de forma implícita el Código Tributario Municipal vigente, por el cual se estipula como obligatorio la presentación del certificado de libre de deuda para los contribuyentes que realicen trámites ante el Municipio”.

“El artículo 117 de la Carta Orgánica Municipal indica que la percepción de los recursos municipales es una facultad irrenunciable e intransferible, imprescindible para que el Departamento Ejecutivo cumpla sus funciones, debiendo contar con los recursos suficientes para ello”.

Recuerda además que “la estimación de los recursos para la prestación de servicios esenciales durante el Ejercicio Financiero 2024 fue contemplada en la totalidad de los gastos y recursos del Presupuesto Municipal, aprobado por Ordenanza 4648”.

Sobre este asunto, el servicio jurídico dictaminó que el proyecto aprobado por los concejales “carece de cuantificación de los ingresos tributarios municipales que se dejarían de percibir, como así también la disminución de la estructura del gasto por menores ingresos al otorgarse estas exenciones”.

La Carta Orgánica señala que “el Concejo Deliberante no puede sancionar ordenanzas que importen gastos sin establecer los recursos necesarios para satisfacerlos cuando no existan fondos disponibles asignados dentro del presupuesto general”; y puntualiza que “es nula toda ordenanza sancionada en violación de ésta norma”.

En tanto, mediante Decreto 250/2024, casi con los mismos argumentos, se procedió a vetar la ordenanza que pretende eximir totalmente del pago de impuesto automotor durante el Ejercicio Fiscal 2024 a los vehículos que posean habilitación municipal para funcionar como taxi, taxi-flete, remis, transporte escolar y, a su vez, suspender las ejecuciones fiscales a los titulares de los transportes enunciados.

El presupuesto

El tercer veto se hizo mediante Decreto 252/2024 respecto al asunto por el cual se modificó el presupuesto municipal para el presente ejercicio económico.

La ordenanza sancionada, entre otros puntos, establece el control y aprobación previa del Concejo Deliberante de aquellos ingresos y gastos que surjan de los acuerdos celebrados con el Gobierno provincial, en el marco de los convenios firmados con el Fideicomiso Austral y el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional. Así mismo, por transferencias o aportes no reintegrables, realizados por la Provincia o Nación.

También modifica la planta de personal, fijándola en un total de 2.456 cargos, distribuidos de la siguiente manera:

-Personal del Departamento Ejecutivo Municipal 2.195.

-Personal del Concejo Deliberante 200.

-Personal del Tribunal de Cuentas Municipal 38.

-Personal del Juzgado de Faltas 23.

Otro punto aprobado es elevar del 40% al 50% la bonificación sobre el valor de la Unidad Fiscal (UF).

En este caso, la Asesoría Letrada informó, que la ordenanza aprobada “va a privar al Estado Municipal de ingresos por recursos que se hallaban contemplados en el presupuesto aprobado y en ejecución, afectando de ese modo atribuciones privativas del Intendente municipal” y recuerda que una vez promulgado el presupuesto “este no podrá ser modificado sino a instancias del Departamento Ejecutivo”.

La Asesoría Jurídica puntualiza que no vetar la ordenanza “implicaría un conflicto de poderes entre ambas instituciones”, haciendo reserva que el Departamento Ejecutivo “acuda a la Justicia a los fines de garantizar la supremacía de la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y, sobre todo, la Carta Orgánica Municipal”.

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