La norma lleva el número 1.392 y establece que a partir del próximo ciclo lectivo, la provincia proveerá los bordados o estampas de calor a cada alumno para aplicarla al uniforme. Otras tres leyes sancionadas por la Legislatura durante la última sesión, también quedaron firmes.
USHUAIA.- A partir del próximo ciclo lectivo será obligatorio el uso del logo de Malvinas en los guardapolvos y uniformes de los tres niveles educativos tanto en establecimientos públicos como privados; al quedar promulgada la Ley 1.392 denominada “Thiago Nahuel”.
La norma fue promulgada el martes mediante decreto 2587/21, por el Gobernador Gustavo Melella y publicada en el Boletín Oficial de ayer junto a otras tres nuevas leyes para la provincia, las cuales habían sido sancionadas el 18 de noviembre pasado por la Legislatura Provincial.
La Ley 1392 lleva el nombre del alumno Thiago Nahuel Huenchillan de la Escuela 126 de la Ciudad de Comodoro Rivadavia, quien fue noticia hace pocas semanas por hacer una férrea defensa de la soberanía argentina sobre las islas Malvinas durante una clase, lo que le valió el reconocimiento provincial.
La Ley establece que la imagen deberá contener la isla Soledad con los colores de la bandera argentina y la isla Gran Malvina con los colores de la bandera de la Provincia como parte integrante de su territorio y que tendrá una dimensión mínima de siete centímetros de ancho por cinco centímetros de alto. En tanto los colores de la bandera argentina como los de la Provincia deben ser los establecidos en la simbología oficial.
“El Poder Ejecutivo proveerá a principio del ciclo lectivo, los bordados o estampas de calor, a cada estudiante que socialmente corresponda, a los fines de que la familia pueda colocarlos en sus respectivos guardapolvos o uniformes. A tal fin, el Poder Ejecutivo podrá suscribir convenios de responsabilidad social con empresas y/o comercios interesados”, indica la nueva ley.
Por otra parte, por decreto 2585/21 quedó firme además la Ley 1390 que también establece el uso obligatorio del logo de las «Islas Malvinas» en las camisetas y uniformes deportivos de las selecciones, combinados y deporte individual de todas aquellas disciplinas que representen a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en competencias regionales, provinciales, nacionales e internacionales.
En este caso, el logo debe contener a la Isla Soledad y a la Isla Gran Malvina con los colores de la bandera de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur como parte integrante de su territorio y enmarcado con los colores de la bandera Argentina y acompañado de la leyenda «Las Malvinas son Argentinas». El tamaño del logo será el mismo que el de los escolares, aunque se aclara que se fijará preferentemente en el lado izquierdo, según las particularidades del uniforme deportivo.
Antisemitismo
Por decreto 2586/21 también quedó promulgada la Ley 1391 que fija la definición de antisemitismo aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto el 26 de mayo de 2016, incorporada al régimen nacional a través de la Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación Nº 114/2020 de fecha 4 de junio de 2020.
Se entiende por antisemitismo en base al cuerpo legal nacional e internacional a lo siguiente: «El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto», dice la norma
La última ley promulgada por el Gobernador Gustavo Melella el día martes, es la 1.393, mediante decreto 2588/21, la cual fija el tercer domingo de noviembre de cada año como «Día en Recuerdo a las Víctimas de Tránsito» en homenaje a las víctimas y sus familias, de acuerdo a lo establecido en la Resolución A/60/5, de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 26 de octubre de 2005.
La nueva norma fija como autoridad de aplicación al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y establece que “el Poder Ejecutivo debe desarrollar actividades para visibilizar, concientizar, sensibilizar y educar en la prevención de siniestros viales. A tales efectos podrá celebrar convenios con organismos públicos y privados, del ámbito municipal, provincial, nacional o internacional relacionados con la materia”.