Fernanda Raverta, titular del organismo, aseguró que “el plan de pago tiene efectos muy positivos y es novedoso porque genera previsibilidad al permitir adelantar cuotas antes de cumplir la edad jubilatoria”.
BUENOS AIRES.- ANSES informa que, en el marco de la Resolución N° 131/2023 publicada este lunes en el Boletín Oficial, las personas que estén por cumplir la edad para jubilarse y adeuden aportes previsionales pueden regularizarlos mediante la Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en Actividad previstas en la Ley 27.705 del Plan de Pago de Deuda Previsional.
En este marco, la directora ejecutiva de ANSES, Fernanda Raverta, afirmó que “nadie duda que en la Argentina todas y todos trabajamos; lo que hay es un problema en la registración de esos años de trabajo por parte de los empleadores. En ese sentido, el plan de pago tiene efectos muy positivos y es novedoso porque genera previsibilidad al permitir adelantar cuotas antes de cumplir la edad jubilatoria, afianzando la cultura previsional”.
“Gracias a la nueva ley ya hay más de 200 mil personas que pudieron iniciar su trámite jubilatorio y ahora también vamos a estar recibiendo a las trabajadoras y trabajadores en actividad en las oficinas de ANSES de todo el país”, agregó la titular del organismo.
A quiénes está dirigido
Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que, al cumplir la edad jubilatoria, no reúnan los 30 años de aportes requeridos. Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.
Para iniciar este trámite, las personas interesadas deben requerir un turno en www.anses.gob.ar, Trámites y Servicios, Turnos, Solicitar un turno y elegir Plan de Pago de Deuda Previsional (Trabajadores/Trabajadoras en Actividad).
Nueva modalidad
La ANSES recordó que el plan se encuentra conformado por la “Unidad de Pago de Deuda Previsional”, a la que pueden acceder aquellas personas que hayan cumplido a la fecha la edad jubilatoria o la cumplan dentro del plazo de dos años desde la vigencia de esa ley.
También, por la “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en Actividad”, a la que pueden acceder aquellas mujeres mayores de 50 años y menores de 60 años, y aquellos hombres mayores de 55 años y menores de 65 años, que acrediten determinados ingresos, que residan en el país y que no se encuentren prestando servicios bajo relación de dependencia o en carácter de autónomo y/o monotributista en el período que se pretende adquirir.
Ahora, a través de la Resolución 131/2023 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el organismo estableció que el trámite para acceder a la Unidad de Cancelación de Aportes se iniciará ante esta administración nacional y se abonará a través del Volante de Pago Electrónico.
Además, la acreditación de ingresos establecida en la ley se realizará a través de una declaración jurada del solicitante que pretende adquirir la Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales, y los fondos con los que se realizará el pago de esa unidad deberán estar registrados bancariamente.
En tanto, los mensuales incorporados a través de esa unidad serán compatibles con los períodos de aportes que integren la historia laboral de la persona solicitante, sin importar si los mismos fueron adquiridos mediante otros planes de pagos y/o moratorias, salvo por las limitaciones normativas propias de los planes de pago y moratorias respectivas.
La ANSES dispuso también que los períodos adquiridos serán registrados en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y en la historia laboral de la persona adquirente.
Asimismo, aclaró que las Unidades de Cancelación no se considerarán a los fines de la determinación de la prestación compensatoria ni de la prestación adicional por permanencia, ni para el cómputo del ingreso base en los casos de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento.