El proyecto incorpora como novedad el concepto de «conducción temeraria» y tipifica los delitos de «conducción en estado de alcoholemia o bajo influencia de drogas». La nueva ley apunta a castigar con más severidad las fatalidades que ocurren en ocasión de las “picadas”.
BUENOS AIRES (NA).- La Cámara de Diputados aprobó y giró a Senado con 202 votos afirmativos y 3 abstenciones un proyecto de ley que modifica el Código Penal para agravar las penas de prisión para los casos de muerte y lesiones por automovilistas.
El proyecto incorpora como novedad el concepto de «conducción temeraria» y tipifica los delitos de «conducción en estado de alcoholemia o bajo influencia de drogas», «conducción sin registro habilitante» y de «participación en una prueba de velocidad con un vehículo con motor», en referencia a las «picadas».
La iniciativa establece una pena de tres a seis años de prisión para una serie de agravantes como que el conductor se dé a la fuga, no intente socorrer a la víctima o se encuentra bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre.
También incluye a quienes conducen con un exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, o si conducen estando inhabilitados para hacerlo por autoridad competente, o violan la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación.