Cada año suman miles de personas que se venden y compran como mercancía. Ya sea para fines de explotación sexual u otros, la trata es un delito. El Sureño conversó con el Secretario Penal del Juzgado Federal para saber cómo identificar y qué hacer ante la sospecha de un caso de trata.
RIO GRANDE.- En su sitio oficial la ONU define al tráfico de personas como un grave delito y grave violación de los derechos humanos. Cada año, dice la organización, miles de mujeres, hombres y niños caen en las manos de traficantes, ya sea en sus propios países o en el extranjero. Prácticamente todos los países del mundo están afectados por el tráfico, ya sea como país de origen, tránsito o destino de las víctimas.
Las mujeres representan el 49% de las víctimas de trata y las niñas el 23%. La sexual es la forma más común de explotación (59%) seguida del trabajo forzado (34%). La mayoría son víctimas dentro de las fronteras de sus países. Las víctimas de la trata en el extranjero, se trasladan a los países más ricos.
“La trata de personas es un delito contra la libertad de las personas. Nuestro Código Penal, en su artículo 145 bis, circunscribe cuáles son las conductas mediante las que se puede cometer este delito. En esa norma se enumeran: el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción y/o el acogimiento de personas. Estas acciones deben, necesariamente, estar orientadas a obtener la explotación de las víctimas, que puede ser con fines sexuales o laborales”, explicó Juan Vicente, secretario Penal del Juzgado Federal en Tierra del Fuego.
La trata de personas es un delito complejo que, además, pone en evidencia las desigualdades sociales. Por lo general, tiene por víctimas a miembros de los sectores más vulnerables de la población, principalmente debido a cuestiones económicas o de género.
En la práctica, tanto en casos de explotación laboral como sexual, es común que se verifiquen circunstancias de vulnerabilidad en las víctimas, anteriores a su captación e ingreso a una red de trata de personas, que permite y favorece tal explotación.
“Son habituales en los relatos de las víctimas que hayan sido captadas a partir de ofertas laborales en las cuales se prometían buenos ingresos y condiciones de trabajo en lugares remotos. En ese sentido, uno de los principales avances en la materia en nuestro país, fue la modificación introducida por la Ley 26.842 del año 2012 que dispuso que el consentimiento de la víctima es irrelevante”, remarcó el abogado.
A partir de esa norma el autor de cualquiera de las conductas enumeradas en la norma penal puede ser sancionado, incluso en aquellos casos en los que se cuente con el consentimiento de la víctima.
“En muchas ocasiones las mismas víctimas, debido a un estado de necesidad, pueden verse motivadas a aceptar condiciones de explotación sexual y laboral para asegurar las mínimas condiciones para su subsistencia”, explicó Vicente.
Lejos de casa
Uno de los procedimientos más utilizados en la trata de personas es el traslado. Esto permite extraer a la víctima de su centro de vida habitual, alojarla en un lugar distinto bajo la custodia del explotador, al tiempo que se le imputan “deudas” por el hospedaje, el transporte y la comida. La víctima nunca terminará de conocer acabadamente la realidad de sus supuestas deudas ni podrá saldarlas con el producto de su explotación, lo que asegurará su permanencia.
“Estas modalidades de condicionamiento de la voluntad de la víctima a partir de un sistema de “endeudamiento” constante, sumado a la pérdida de vínculos sociales y familiares, es el que permite que se restrinja su libertad. Incluso en aquellos casos en los que se verifique que la persona contara con posibilidades de entrar y salir del recinto en el que era explotada o incluso si tuviera un teléfono celular en su poder”, sostuvo el especialista.
Y agregó: “Es por este motivo que se requiere del auxilio de organismos especializados en el abordaje y tratamiento de víctimas de trata de personas. También se necesita de personal capacitado y con perspectiva de género, tanto en las fuerzas de seguridad como en los órganos judiciales y del Ministerio Público Fiscal, para poder evaluar y actuar ante las particulares condiciones en que se desarrolla este delito”.
En caso de sospecha de la existencia de cualquier conducta de trata de personas con fines de explotación sexual o laboral, se recomienda comunicarse inmediatamente con la línea telefónica gratuita 145.
“Esta línea es atendida por un equipo de profesionales en psicología y trabajo social con formación en trata, derechos humanos y género. Su objetivo principal es brindar protección, asistencia integral y especializada a las víctimas, para facilitar la restitución de derechos”, concluyó el letrado.