ANSES abonará la diferencia entre la jubilación mínima y el Salario Mínimo Vital y Móvil.
BUENOS AIRES.- En el marco de la Ley 27.426 de Reforma Previsional, ANSES abonará durante octubre y noviembre el suplemento establecido en el artículo 125 bis de la Ley 24.241 para alcanzar un haber equivalente al 82% del SMVM (Salario Mínimo Vital y Móvil).
En el caso de los beneficiarios que perciben el haber mínimo vigente, que hoy es de 12.937,22 pesos, el suplemento dinerario resultará de 900,28 pesos. Por tanto, el haber mínimo para más de 1.100.000 personas durante dichos meses será de 13.837,50 pesos.
Esta medida incluye a quienes se hayan jubilado bajo la Ley Nº 24.241 que acrediten 30 años o más de servicios con aportes, incluidos los beneficios de Retiro Transitorio por Invalidez con aportes regulares; a aquellos que estén comprendidos en regímenes nacionales generales anteriores a dicha ley; a los beneficios correspondientes a las ex cajas o institutos provinciales o municipales de previsión que fueron transferidos al Estado Nacional; a regímenes diferenciales o insalubres; a las pensiones directas o derivadas de los beneficios mencionados precedentemente; a las jubilaciones otorgadas por el Régimen Previsional Especial para ex Soldados Combatientes de la Guerra de Malvinas Ley N° 27.329 y a las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur creadas por la Ley N° 23.848.
Quedan excluidos de esta medida los beneficiarios que hubiesen accedido al beneficio a través de las moratorias previsionales.