Los valores no se ajustaban desde hacía 18 años y quedaron muy rezagados por efecto de la galopante inflación. La iniciativa de actualizar el valor de las tasas surgió de un pedido de las autoridades de la IGJ y obedece a la necesidad de tener recursos para su funcionamiento.
USHUAIA.- Por decreto 1381/2016 fue promulgada la ley provincial 1096 que fija los nuevos valores de las tasas para trámites que se realizan ante la Inspección General de Justicia. Los mismos no han tenido variación alguna durante 18 años y quedaron rezagados en función del proceso inflacionario. La iniciativa surgió de un pedido de las autoridades de ese organismo y obedece a la necesidad de tener recursos para su funcionamiento.
Como ejemplo, la tasa anual de fiscalización en el caso de sociedades conformadas por accionistas, incluidas las SRL, con la ley vigente actual pagan un mínimo de 100 pesos y un máximo de 3 mil pesos. Con la actualización, esos valores se buscan llevar a un mínimo de 500 pesos y un máximo de 6 mil pesos.
El producto de las tasas recaudadas por la IGJ, se destina a dar cumplimiento a las tareas de fiscalización que establece la Ley Provincial 798 y, con los mayores recursos que se persiguen conseguir, se buscará cumplir “eficazmente con las funciones a su cargo”, indicaba el mensaje del proyecto remitido por el Ejecutivo, que fue sancionado por la Legislatura en la sesión del pasado 14 de junio.
Algunos valores ahora vigentes
-Por tasa anual de fiscalización en el caso de sociedades por acciones., incluidas las sociedades de responsabilidad limitada, el 1 por mil del capital social, con un mínimo de 500 pesos y un máximo de 6 mil pesos.
-Por tasa anual de fiscalización en el caso de sociedades de responsabilidad limitada y de personas, 500 pesos.
Otras valores actualizados
-Tasas en relación a sociedades comerciales: Por solicitud de inscripción de instrumentos, modificación de contratos o estatutos, o liquidación y disolución de sociedades comerciales, 300 pesos; por solicitud de inscripción, designación, o renuncia de directores, síndicos o gerentes, inscripción de sede social y pedido de inscripción de otros actos conducentes a criterio de la Inspección General, 300 pesos; por emisión de certificados de inscripción para sociedades comerciales, 150 pesos; por presentación en término de documentación anual de ejercicio, 200 pesos.
-Tasa en relación a comerciantes, auxiliares de comercio y/o afines: Por solicitud de inscripción en la matrícula de comerciante, martillero, corredor o despachante de aduana, 200 pesos; por la solicitud de inscripción de transferencia de fondo de comercio, contratos de colaboración empresaria, asociativos u otras inscripciones similares, 300 pesos; por solicitud de certificado de inscripción de comerciantes y auxiliares de comercio, 150 pesos.
-Tasa en relación a rúbrica de libros: Por solicitud de autorización para utilizar libros mecanizados, digitalizados, informáticos, y/o similares, 200 pesos; por rúbrica de libros de sociedades comerciales, comerciantes y auxiliares de comercio, por libro, 200 pesos; por rúbrica de libros en caso de extravío acompañando certificado expedido por autoridad competente, por libro, 300 pesos; por presentación de informe para mantener vigente la autorización de medios ópticos o magnéticos e informáticos, 200 pesos.