La norma establece que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, las jurisdicciones provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) tendrán la facultad de implementar la ENEAI y las EJEAI en el ámbito de la educación no formal, Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y medios de comunicación.
BUENOS AIRES.- Su propósito general es la promoción de la concienciación y responsabilidad ambiental en la ciudadanía de todo el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8° de la Ley General del Ambiente N° 25.675, el artículo 89 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y sus modificatorias y en los Tratados y Acuerdos Internacionales en la materia.
El debate fue seguido en el recinto de sesiones por los ministros de Educación, Nicolás Trotta, y de Ambiente, Juan Cabandié.
El ministro Juan Cabandié celebró la nueva Ley de Educación Ambiental Integral y señaló que: “Es fruto de un trabajo federal con las provincias, representativo de todas las voces de la sociedad”.
Por su parte el ministro de Educación, Nicolás Trotta, afirmó que “refleja una lucha de años” y que constituye una herramienta “clave para el ejercicio ciudadano del derecho a un ambiente sano y sostenible”.
¿Qué es la educación ambiental?
La educación ambiental es un proceso continuo que promueve la sostenibilidad como proyecto social, que implica un desarrollo con justicia social, distribución de la riqueza, preservación y conservación de la naturaleza, igualdad de género, protección de la salud, democracia participativa y respeto por la diversidad cultural. Busca el equilibrio entre diversas dimensiones, como la social, la ecológica, la política y la económica, en el marco de una ética que promueve una nueva forma de habitar nuestra casa común.