Técnicos de Emergencia de la Salud podrán ejercer en el ámbito provincial

Se trata de egresados del CENT 11 que aprobaron sus estudios en 2019 y por discrepancias en el plan de estudios aún no pueden obtener su reconocimiento de validez nacional. La Fiscalía de Estado instó a la Provincia a acelerar los trámites para que esto ocurra. Mientras tanto, pueden matricularse provisoriamente para comenzar a ejercer.

USHUAIA.- Mediante dictamen N°1/24 fechado el 8 de febrero pasado, el fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, reclamó celeridad a las autoridades provinciales para que los egresados del CENT 11 que se graduaron en la Tecnicatura Superior de Emergencia de la Salud puedan acceder a sus títulos de validez nacional tras una denuncia realizada por los propios damnificados.

Los denunciantes, egresados de la cohorte 2019 de la mencionada tecnicatura impartida por la institución de Ushuaia, explicaron que iniciaron la cursada con la expectativa de obtener el título de reconocimiento nacional pero que, al finalizar la misma, no se les otorgó y, en su lugar, el Ministerio de Educación les expidió un certificado analítico provisorio debido a la ausencia de validación nacional de la carrera.

Los alumnos describieron que en diferentes oportunidades insistieron para obtener una respuesta a su situación y que el Director Provincial de Educación Técnica les informó que el trámite de validación nacional estaba avanzado y que recibirían títulos provisorios con validez provincial. No obstante luego el funcionario les indicó que debían dirigirse con el certificado analítico de materias al área de Fiscalización Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud para gestionar la matrícula provincial hasta tanto obtuvieran el título nacional.

Mientras tanto, lograron que se reglamentara la Ley de Ejercicio Profesional, mediante el decreto correspondiente.

Con el tiempo se contactaron desde el área de docencia y capacitación en salud adjuntándole un formulario para completar con información personal, a fin de llevar a cabo un esquema de capacitación mediante visitancias, a las cuales serían convocados.

En definitiva, los egresados solicitaron que no se condicione la matrícula a las mencionadas visitancias y que se revisen las medidas dispuestas con el objeto de obtener una respuesta oficial por las vías que corresponde, ya que había mucha confusión sobre los trámites a seguir.

En este sentido, luego de recibir información detallada tanto del Ministerio de Educación como del Ministerio de Salud al respecto, el Fiscal dilucidó que esta situación se repetía en otras provincias porque la carrera fue implementada a nivel nacional en el año 2019 sin “marcos de referencia” que orientan el diseño de programas formativos y permiten establecer una formación equivalente en todo el país.

Mientras realizaba las gestiones a nivel nacional y con el objetivo de salvar esta situación, el Ministerio de Educación provincial emitió la resolución 2809/23 que confiere de forma provisoria el carácter de documento válido de finalización de carrera el certificado analítico de los egresados expedido por el CENT 11, hasta la aprobación final de la Dirección Nacional de Títulos y Estudios.

Y cuando todo parecía resolverse, en la última mesa del Consejo Federal de Educación se aprobó el marco de referencia a nivel nacional de la carrera en cuestión, aunque con una nueva denominación, obligando a la provincia a rectificar la resolución ministerial con el objeto de adecuarla a esta medida.

El Fiscal reconoce que si bien hubo avances favorables respecto del reclamo, lo cierto es que a más de 4 años de haber egresado los interesados aún carecen de sus títulos, por lo que solicitó a las autoridades que se dispongan todos los recursos necesarios a fin de cumplir con esta obligación.

En cuanto al régimen de matriculación provisorio y las visitancias dispuestas para el ejercicio de la profesión, el Fiscal estimó que “la condición impuesta en uso de sus atribuciones por la cartera sanitaria no parece ilógica”.

Cabe aclarar que el Ministerio de Salud exige a los aspirantes a ser matriculados la realización de una capacitación específica, que se lleva a cabo en un plazo de entre 45 y 90 días, con opción de prórroga por única vez, consistente en actividades prácticas en los servicios de salud de la Provincia dirigidas por un tutor que evalúa el desempeño de los visitantes.

“Si el objetivo es fortalecer los conocimientos, habilidades, actitudes y prácticas que el centro educativo formador no provee por su propia naturaleza y limitaciones, en principio no parece que la necesidad de realizar este tipo de capacitación aun de forma obligatoria, pueda ser objetada legítimamente por los denunciantes, máxime cuando de la protección de la salud poblacional se trata”, concluyó Martínez de Sucre.

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